ORDEN FORAL 98/2017, de 11 de agosto, del Consejero de Hacienda y Política Financiera, por la que se regula el Registro de personas o entidades emprendedoras.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

En el marco de las actuaciones dirigidas a la reactivación económica y con el propósito de alcanzar los objetivos de crecimiento económico y de la creación de empleo, la Disposición adicional cuadragésima cuarta del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, estableció un novedoso régimen fiscal aplicable a las personas o entidades calificadas como emprendedoras y a quienes invirtieran en estas últimas.

Mediante la Orden Foral 127/2013, de 11 de abril, se creó el Registro de personas o entidades emprendedoras y se reguló el procedimiento para realizar su inscripción en él.

Posteriormente, se constató que determinados preceptos de la mencionada Orden Foral conllevaban unos costes administrativos excesivos e innecesarios para una gestión eficaz del Registro. Por ello, y con el propósito de simplificar la gestión de dicho Registro, se dictó la Orden Foral 16/2016, de 11 de abril, que modificó el procedimiento para realizar la inscripción en el Registro de personas o entidades emprendedoras y derogó la Orden Foral 127/2013 en todos sus preceptos, excepto el artículo 1.

La Ley Foral 25/2016, de 28 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias, dio una nueva redacción a la Disposición adicional cuadragésima cuarta del Texto Refundido del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para adaptarla a la Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, dado que en la misma se han puesto en marcha nuevas medidas de apoyo al emprendimiento con efectos desde el 1 de enero de 2017. En dicha Disposición adicional cuadragésima cuarta se precisa que, a los sujetos pasivos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que cumplan los requisitos para ser considerados personas emprendedoras, o que sean socios de una entidad en régimen de atribución de rentas que cumpla los requisitos para ser considerada emprendedora, de acuerdo con la normativa foral del Impuesto sobre Sociedades, les será de aplicación las medidas de apoyo al emprendimiento establecidas en dicha normativa. Dichas medidas se encuentran recogidas en la Disposición adicional tercera de la Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Por todo ello, se considera conveniente redactar una nueva Orden Foral que contenga la regulación actualizada del Registro de personas...

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