ORDEN FORAL 56/2011, de 20 de octubre, del Consejero de Fomento y Vivienda, por la que se corrige el error advertido en la Normativa Urbanística Particular y en el grafismo de los planos NOR.1.0, NOR.2.A, y NOR.3.A, del Plan General Municipal de Aguilar de Codés por la supresión de la U.E. 1.1.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral
  1. El Ayuntamiento de Aguilar de Codés, en sesión plenaria celebrada el 31 de octubre de 2008 aprobó inicialmente el Plan General Municipal, habiendo sometido el expediente a información pública por el plazo de un mes mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de Navarra número 1, de 2 de enero de 2009.

  2. Presentadas alegaciones al documento aprobado, en sesión plenaria de 23 de julio de 2009, el Ayuntamiento de Aguilar de Codés aprobó el Plan provisionalmente, estimando varios escritos de alegaciones que solicitaban la eliminación de la Unidad de Ejecución 1.1, de manera que las parcelas 220, 221, 222, 223, 224, 225 y 228, del polígono 2, quedaban clasificadas como suelo no urbanizable.

  3. Por la Orden Foral 15/2010, de 8 de febrero, de la Consejera de Vivienda y Ordenación del Territorio, se aprobó definitivamente el Plan General Municipal de Aguilar de Codés, condicionando su publicación en el Boletín Oficial de Navarra a la aportación de un Texto Refundido en el que se incluyeran determinadas correcciones señaladas en la propia Orden Foral.

  4. Aportado el correspondiente Texto Refundido, por medio de la Resolución 1656/2010, de 3 de noviembre, del Director General de Vivienda y Ordenación del Territorio, se dispuso la publicación en el Boletín Oficial de Navarra, de la Orden Foral 15/2010. (Boletín Oficial de Navarra número 151, de 13 de diciembre, de 2010).

  5. El Ayuntamiento de Aguilar de Codés presenta instancia en julio de 2011 ante este Departamento comunicando la existencia de un error material, dado que la documentación finalmente aprobada no recoge la supresión de la U.E. 1.1 acordada, ni la clasificación de las parcelas 220, 221, 222, 223, 224, 225 y 228, del polígono 2, como suelo no urbanizable, y solicita en consecuencia su corrección. A tal efecto, propone la eliminación de la Normativa Urbanística Particular del Plan General Municipal de la ficha correspondiente a la UE.1.1., y la sustitución de los planos NOR.1.0, NOR.2.A, y NOR.3.A del Texto Refundido por los nuevos aportados.

  6. El Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo ha emitido con fecha 26 de agosto de 2011 informe favorable admitiendo la existencia de un error material, y proponiendo en consecuencia la estimación de las peticiones del Ayuntamiento de Aguilar de Codés.

    FUNDAMENTO DE DERECHO

    Único.-De conformidad con lo dispuesto por el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR