ORDEN FORAL 1107/2002, de 18 de julio, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Mendavia, ampliación suelo urbano industrial junto al Sector S-4, camino de Viana, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
El Ayuntamiento de Mendavia ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.
Vista la documentación aportada, así como el informe favorable del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva, con las determinaciones señaladas en la parte dispositiva de esta Orden Foral.
En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,
ORDENO:
-
Aprobar definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Mendavia, ampliación suelo urbano industrial junto al Sector S-4, camino de Viana, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad, con las siguientes determinaciones:
-El Ayuntamiento considerará el conjunto del polígono industrial como un único sector, a efectos de reservas de zonas verdes y equipamientos, independientemente de su clasificación estratégica del suelo y en la siguiente modificación anunciada cumplimentará dichas reservas (del 10% de espacios libre públicos ajardinados/arbolados y del equipamiento polivalente correspondiente), aplicándolas al espacio comprendido por el polígono actual NASUINSA, presente Modificación para Manipulados Mendavia y ámbito de la futura ampliación.
-La futura ampliación del polígono industrial coordinará con el Departamento de Obras Públicas, para permitir el paso de una futura Variante de la carretera NA-134.
-
Señalar que contra esta Orden Foral se podrá interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y contra el expediente se podrá interponer recurso contencioso-...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba