ORDEN FORAL 9E/2014, de 14 de febrero, del Consejero del Departamento de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales, por la que se aprueba la “Convocatoria de ayudas a la inversión de las pequeñas y medianas empresas para la mejora y renovación de establecimientos turísticos reglados y debidamente registrados en Navarra durante 2014”.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La calidad en las infraestructuras turísticas y en el servicio constituye una línea de actuación imprescindible en la nueva forma de enfocar la estrategia competitiva del sector y, por ende, del destino. En este sentido la Dirección General de Turismo y Comercio ha venido promoviendo en estos últimos años la creación de establecimientos de calidad y características singulares.

Siguiendo en la misma línea y una vez que se cuenta con un número de establecimientos suficientemente importante y variado se considera prioritario, posibilitar y potenciar las acciones que favorezcan y consoliden un aumento de calidad en los servicios a través de la mejora y renovación de establecimientos ya existentes con una cierta antigüedad.

Esta línea de trabajo que se potencia este año con la subvención de nuevas actuaciones, es concordante con la seguida por la Secretaría de Estado de Turismo, y continúa apostando por un trabajo conjunto que permita a los establecimientos turísticos navarros alcanzar altos niveles de calidad. A ello contribuye, asimismo, la conversión de las normas Q en normas UNE que se ha abordado con éxito en el ámbito turístico.

Por ello es preciso, igualmente, continuar impulsando y apoyando la implantación de la marca Q entendiendo que todo ello contribuirá a mejorar la imagen global del turismo de Navarra al configurarlo como destino de calidad con la colaboración del sector empresarial y mediante el uso de modelos actuales de gestión de calidad.

La presente modalidad de ayudas se establece al amparo del Reglamento (UE) número 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 (publicado en el DOCE el 24 de diciembre de 2013) relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis por lo que la empresa beneficiaria no podrá exceder el límite de 200.000 euros de subvenciones de este tipo percibidas en un periodo de tres ejercicios fiscales. A tal efecto la empresa queda obligada a comunicar al Departamento de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales cualquier ayuda de minimis durante tres ejercicios fiscales.

Al tenor de lo establecido en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones la convocatoria prevé su resolución en términos de concurrencia competitiva en tanto exista consignación presupuestaria suficiente, toda vez que contempla, para cada uno de los apartados incluidos, un baremo cuya aplicación determinará tanto el orden de prioridad como el porcentaje de subvención que se podrá conceder al proyecto de inversión propuesto.

En virtud de las facultades conferidas por el Decreto Foral 67/2012, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales.

ORDENO:

  1. Aprobar la convocatoria de la subvención Convocatoria de ayudas a la inversión de las pequeñas y medianas empresas para la mejora y renovació de establecimientos turísticos reglados y debidamente registrados en Navarra durante 2014.

  2. Aprobar las bases reguladoras de la concesión de la subvención, que se recogen en el Anexo de esta Orden Foral.

  3. Para hacer frente a los compromisos de esta convocatoria se autorizan los créditos presupuestarios siguientes, pudiéndose realizar modificaciones en función de las solicitudes recibidas:

    PARTIDA PRESUPUESTARIA COD. RCSA EJERCICIO IMPORTE
    A10001-A1130-7709-432100: Transferencias a la iniciativa privada para mejora y renovación de la oferta turística (ADPT) 4560 2014 287.000,00
    4. Publicar esta Orden Foral y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra
  4. Contra la presente convocatoria y sus bases reguladoras cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

    Pamplona, 14 de febrero de 2014.–El Consejero del Departamento de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales, Juan Luis Sánchez de Muniáin Lacasia.

    BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA INVERSIÓN DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS PARA LA MEJORA Y RENOVACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS REGLADOS Y DEBIDAMENTE REGISTRADOS EN NAVARRA DURANTE 2014

  5. –Objeto.

    Las presentes Bases Reguladoras tienen por objeto regular el régimen de concesión de ayudas a las Pequeñas y Medianas Empresas para:

    1. Las reformas y mejoras realizadas en 2014 en establecimientos turísticos dirigidos a la obtención o mantenimiento de la Q de Calidad Turística o a la norma UNE correspondiente, siempre que dichos establecimientos estén adheridos al Sistema de Calidad Turística Español.

    2. Las reformas y mejoras realizadas en el 2014 en establecimientos turísticos reglados y debidamente inscritos en el Registro de Turismo de Navarra.

    La solicitud podrá realizarse tan solo por uno de los dos apartados, elección que deberá quedar claramente reflejada en el impreso formalizado marcando la casilla correspondiente.

  6. –Dotación presupuestaria.

    La dotación presupuestaria máxima para atender a los compromisos de esta convocatoria es de 287.000 y se realizará con cargo a la partida del presupuesto de gasto de 2012 prorrogado para 2014, partida “A10001 A1130 7709 432100 Transferencias a la iniciativa privada para mejora y renovación de la oferta turística (ADPT)”. Esta cantidad podrá ser incrementada con las cantidades sobrantes tras resolver otras convocatorias incluidas en el mismo programa en función de las solicitudes presentadas o por una mayor disponibilidad presupuestaria en la partida.

    El presupuesto señalado, se dividirá de la siguiente manera:

    1. Inversiones en materia de calidad: un máximo de 71.750 euros (es decir, un 25% del total).

    2. Inversiones en resto de establecimientos turísticos reglados: 215.250 (un 75%), cantidad que a su vez se repartirá de la siguiente manera:

    1: Establecimientos hoteleros: 81.000 euros (37,63%).

    2: Apartamentos y casas rurales: 71.000 euros (32,98%).

    3: Campamentos de turismo: 15.500 euros (7,2%).

    4: Albergues: 15.500 euros (7,2%).

    5: Restaurantes: 32.250 euros (14,98%).

    Si tras revisar los expedientes y proponer la resolución de la convocatoria quedase remanente en alguno de los apartados, dichas cantidades se repartirán de la siguiente forma:

    –Los remanentes del apartado a) se sumarán al apartado b) en el mismo orden en que aparecen relacionados.

    –Los remanentes de los subapartados 2.b se sumarán primeramente al resto de subapartados del apartado 2.b en el mismo orden en el que aparecen relacionados, y si fuera el caso, en segundo lugar, al apartado 2.a.

  7. –Beneficiarios.

    Podrán acceder a las ayudas contempladas en la presente Orden Foral las pequeñas y medianas empresas turísticas, en adelante PYMES turísticas, que estén debidamente inscritas en el Registro de Turismo de Navarra como titulares del establecimiento en el que se realiza la inversión en el momento de la publicación de la presente convocatoria.

    A la hora de tramitar las solicitudes se valorarán inicialmente las que corresponden con titulares de establecimientos que no hayan recibido ayudas por reformas en las convocatorias precedentes de 2011 (Orden Foral 17E/2011, de 9 de marzo, del Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana), 2012 (Orden Foral 6E/2012, DE 3 de febrero, del Consejero del Departamento de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales) y 2013 (Orden Foral 6E/2013 de 11 de marzo) o aquellas que no hubieran llegado al límite establecido en la correspondiente convocatoria por falta de consignación presupuestaria.

    No obstante, y si tras valorar las solicitudes que responden a dicho...

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