ORDEN FORAL 49/2011, de 10 de febrero, del Consejero de Innovación, Empresa y Empleo, por la que se establece el régimen de la subvención para la 2.ª fase de formación de técnicos en mercados exteriores de interés para Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral
EXPOSICION DE MOTIVOS

El Plan de Internacionalización de la Empresa Navarra 2008-2011, elaborado por la Dirección General de Empresa, forma parte del Plan Internacional de Navarra, promovido por la Dirección General de Desarrollo Internacional del Departamento de Economía y Hacienda.

En la línea 5.1.2 del Plan se contempla el desarrollo de programas específicos para Recursos Humanos, con el fin de cubrir las demandas reales de las empresas navarras.

Anualmente se convoca la subvención para la formación de técnicos en mercados exteriores de interés para Navarra, mediante la cual personas con formación a nivel de master de comercio exterior realizan unas prácticas en distintas Oficinas Comerciales de España en otros países.

Por ello, se considera necesario establecer mediante Orden Foral un régimen de una nueva subvención para la 2.ª fase de formación de técnicos en mercados exteriores de interés para Navarra. La finalidad de las ayudas será incentivar la incorporación de estos profesionales a las empresas de Navarra, bien para prestar sus servicios en sus departamentos de exportación, bien para reforzar las implantaciones de estas empresas en los destinos donde han recibido la formación.

La concesión de esta subvención se tramitará en régimen de evaluación individualizada, que ha sido autorizado mediante Acuerdo de Gobierno de 17 de enero de 2011, conforme a lo establecido en el artículo 17 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

De conformidad con el artículo 41.1 g) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

Artículo 1 Objeto.

El objeto de la subvención es el apoyo a las empresas navarras para la incorporación de personas previamente formadas en mercados exteriores, de manera que contribuyan al desarrollo de su estrategia de internacionalización.

Artículo 2 Gastos subvencionables e importe de la subvención.
  1. Se considerará gasto subvencionable la contratación de una persona que haya realizado un periodo de prácticas en una Oficina Comercial de España en el exterior, a través de la convocatoria de subvención para la formación de técnicos en mercados exteriores de interés para Navarra, del Departamento de Innovación, Empresa y Empleo, siempre que haya concluido el periodo formativo en destino en los dos años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

    La persona contratada deberá incorporarse al departamento de exportación o al departamento comercial de la implantación de la empresa solicitante, siempre que ésta esté ubicada en el país donde el técnico haya realizado las prácticas, que esté operativa en el momento de la firma del contrato y cuya actividad sea asimilable a la que ejerce en Navarra.

    El periodo subvencionable será de un mínimo de 6 meses y un máximo de 24 y comprenderá el salario bruto de la persona contratada.

  2. El porcentaje de subvención será decreciente en función de la permanencia de la persona en la empresa, con los siguientes porcentajes y máximos:

    -80% del salario bruto durante los seis primeros meses de duración del contrato, con un máximo de 7.200 euros.

    -60% del salario bruto durante el segundo semestre de duración del contrato, con un máximo de 5.400 euros.

    -40% del salario bruto durante el tercer semestre de duración del contrato, con un máximo de 3.600 euros.

    -20% del salario bruto durante el cuarto semestre de duración del contrato, con un máximo de 1.800 euros.

Artículo 3 Be...

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