ORDEN FORAL 46/2010, de 25 de enero, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueba el Código Orientativo de Buenas Prácticas Administrativas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos, en sus relaciones con los ciudadanos.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Administración de la Comunidad Foral de Navarra tiene, entre sus preocupaciones, alcanzar un alto nivel de prestación de los servicios públicos a los ciudadanos. Su práctica administrativa se guía no sólo por las previsiones concretas y puntuales de las normas legales aprobadas por el Poder Legislativo y de las disposiciones reglamentarias que dicta, sino también por los principios y reglas que informan el ordenamiento jurídico-administrativo y que configuran principios generales del Derecho Público actual.

En cumplimiento de esa previsión, se aprobó a través de la Orden Foral 46/2004, de 15 de julio, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, el Código Orientativo de Buenas Prácticas Administrativas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos, en sus relaciones con los ciudadanos, siendo el mismo un documento que recoge una serie de principios y reglas generales destinadas a orientar las relaciones entre la ciudadanía, la Administración pública y el personal que presta los servicios públicos.

El Código nació al amparo de iniciativas similares desarrolladas por las Instituciones de la Unión Europea, quienes habían promovido y aprobado de forma generalizada los denominados "Códigos de buena conducta administrativa" que recogían gran parte de los principios generales que informan las relaciones de esas instituciones con el público. Asimismo, fueron observados tanto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, como en la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

En ese contexto, se consideró conveniente recoger en un texto público los principios básicos y reglas generales que han de inspirar la que se considera idónea relación entre una Administración moderna, democrática y servicial, y la ciudadanía, que permita por un lado, aproximar más la Administración a los ciudadanos y por otro, garantizar una mejor calidad en su actividad.

Desde la aprobación y publicación del Código de Buenas Prácticas Administrativas en 2004, se han desarrollado normativas que siguen influyendo en la relación entre la Administración y la ciudadanía.

Por todo ello, se ha considerado conveniente recogerla en un nuevo Código, que al igual que el anterior, pretende aproximar más la Administración a la ciudadanía y mejorar la calidad en su actividad, y, que, por otra parte, también pretende informar al personal de la Administración, de manera detallada, de las pautas a seguir en el trato con la ciudadanía, así como informar a ésta de la conducta que debe esperar en su trato normal con la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

En consecuencia, y en ejercicio de las facultades que me atribuye el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

  1. Aprobar el Código Orientativo de Buenas Prácticas Administrativas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos, en sus relaciones con la ciudadanía, que figura como Anexo.

  2. Dejar sin efecto la Orden Foral 46/2004, de 15 de julio por la que se aprueba Código Orientativo de Buenas Prácticas Administrativas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos, en sus relaciones con la ciudadanía.

  3. Trasladar esta Orden Foral a las Secretarías Generales Técnicas, Direcciones Generales y Gabinetes de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, así como a las Direcciones - Gerencia de los organismos autónomos, a los efectos de su conocimiento y mayor difusión.

  4. Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra para general conocimiento.

Pamplona, 25 de enero de 2010.-El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Javier Caballero Martínez.

CÓDIGO ORIENTATIVO DE BUENAS PRÁCTICAS ADMINISTRATIVAS

CAPÍTULO I

Orientaciones generales

I.-Principio general.

En sus relaciones con la ciudadanía, tanto la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, como su personal, ajustarán su actuación en la mayor medida posible a los principios y reglas generales establecidas en este Código de Buenas Prácticas Administrativas (denominado en lo sucesivo "Código").

II.-Ámbito administrativo de referencia.

El Código será un documento de referencia para todos los departamentos del Gobierno de Navarra y para los organismos autónomos que tienen adscritos, así como para su personal, en sus relaciones jurídico-administrativas con la ciudadanía.

III.-Naturaleza orientativa.

El Código tiene naturaleza orientativa, salvo en aquellas directrices derivadas del cumplimiento de la normativa vigente. Sus previsiones no pueden ser alegadas como de cumplimiento obligatorio frente a la Administración pública.

IV.-Acceso público al Código.

La Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos adoptarán las medidas necesarias para garantizar que este Código reciba amplia difusión entre la ciudadanía y entre su personal. En concreto, garantizarán que el Código esté siempre accesible en el portal web del Gobierno de Navarra.

V. Seguimiento y revisión.

El seguimiento del cumplimiento del Código de Buenas Prácticas será realizado periódicamente por la Comisión Foral para la Evaluación de las Políticas Públicas y de la Calidad de los Servicios Públicos a través de los sistemas que se establezcan para ello.

El Código será revisado siempre y cuando se produzcan cambios en la normativa vigente que afecten a las relaciones entre la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos y la ciudadanía, o cuando así lo aconseje el análisis de su seguimiento. En cualquier caso se realizará una revisión del Código transcurridos cuatro años desde su aprobación.

CAPÍTULO II

Principios y reglas generales de la buena práctica administrativa

I.-Principios éticos y de conducta del personal de la Administración de la Comunidad Foral.

Los principios éticos y de conducta que deben guiar al personal de la Administración en su relación con la ciudadanía y en su desempeño del trabajo son los siguientes:

  1. Respeto de la dignidad y los derechos y libertades de la persona.

    En toda actividad de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos...

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