DECRETO FORAL 128/2005, de 17 de octubre, por el que se aprueban los modelos de papeletas, sobres de votación, actas de constitución y actas de escrutinio que han de servir, con carácter general, para las consultas populares de ámbito local que se convoquen en la Comunidad Foral de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 128/2005, de 17 de octubre, por el que se aprueban los modelos de papeletas, sobres de votación, actas de constitución y actas de escrutinio que han de servir, con carácter general, para las consultas populares de ámbito local que se convoquen en la Comunidad Foral de Navarra.

EXPOSICION DE MOTIVOS

La Ley Foral 27/2002, de 28 de octubre, reguladora de consultas populares de ámbito local, establece en su artículo 21.1 que el Gobierno de Navarra aprobará por decreto foral los modelos de papeletas, sobres de votación, actas de constitución y actas de escrutinio que han de servir, con carácter general, para las consultas populares que se convoquen en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra. Además, en el artículo 22 de esa misma Ley Foral se definen parte de las características que deben tener las papeletas de votación.

Procede, por tanto, dar cumplimiento a lo que se encomienda en esa Ley Foral.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia Justicia e Interior, de acuerdo con el Consejo de Navarra, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día 17 de octubre de 2005,

DECRETO:

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.

El presente Decreto Foral tiene por objeto establecer los modelos de papeletas, sobres de votación, actas de constitución y actas de escrutinio que han de servir, con carácter general, para las consultas populares de ámbito local que se convoquen en la Comunidad Foral de Navarra.

Artículo 2 Modelos.

Los modelos de papeletas y sobres de votación, y de actas de constitución y de escrutinio a utilizar en las consultas populares que se convoquen en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra se ajustarán a las características y condiciones de impresión señaladas en el anexo de este Decreto Foral.

Artículo 3 Papeletas y sobres.
  1. En las consultas populares que se celebren en los municipios sitos en la zona vascófona, se utilizarán papeletas y sobres redactados en castellano y en vascuence, bien en formato separado o bien en formato bilingüe, según decida en cada caso la entidad local convocante de la consulta.

  2. En las consultas populares que se celebren en los municipios sitos...

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