ORDEN FORAL 62/2003, de 14 de marzo, del Consejero de Administración Local, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la adaptación de pasos peatonales sobre viales rodados urbanos a lo dispuesto por la normativa reguladora de la supresión de barreras físicas y sensoriales.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Resultando conveniente y necesario al interés público y social la realización de las adaptaciones técnicas necesarias de las instalaciones de uso público, para conseguir una mejora sustancial en su utilización por las personas limitadas físicamente por condicionamientos físicos o sensoriales, se promueve esta convocatoria cuya finalidad es favorecer la eliminación de las trabas físicas en los viales urbanos de uso público en las entidades locales de Navarra.

En su virtud,

ORDENO:

  1. Aprobar la convocatoria de subvenciones para la adaptación de pasos peatonales sobre viales rodados urbanos a lo dispuesto por la normativa reguladora de la supresión de barreras físicas y sensoriales, que se regirá por las siguientes:

    B A S E S

    Primera._Objeto.

    Serán objeto de subvención las obras de adaptación de pasos peatonales sobre viales rodados urbanos a las exigencias contenidas en la Ley Foral 4/1988, de supresión de barreras físicas y sensoriales, y en su Reglamento de desarrollo y aplicación, aprobado por Decreto Foral 154/1989, de 29 de junio.

    Segunda._Requisitos de las obras.

    Las obras objeto de subvención deberán reunir conjuntamente los siguientes requisitos:

    1. Las obras se ajustarán a las especificaciones técnicas que figuran en el Anexo de esta convocatoria.

    2. Las obras deberán realizarse por personal en situación de desempleo contratado específicamente para tal fin por la Entidad Local a través del Servicio Navarro de Empleo.

      Tercera._Beneficiarios.

      Podrán acogerse a la presente convocatoria las Entidades Locales de la Comunidad Foral de Navarra.

      Cuarta._Solicitudes.

      Las solicitudes se presentarán en el Registro del Departamento de Administración Local sito en Pamplona, en Parque Tomás Caballero, 1-3.º, 31005, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, sin perjuicio de la presentación conforme a lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

      Sólo se tendrán en cuenta las solicitudes, en el orden de su presentación, hasta agotarse las disponibilidades presupuestarias aprobadas en el apartado segundo de esta Orden Foral.

      Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

      Descripción detallada y separada de las actuaciones a realizar, que deberán ajustarse al Catalogo de Soluciones Técnicas establecidas en el Anexo de...

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