ORDEN FORAL de 1 de julio de 1996, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Promoción Rural, por la que se establecen normas para las autorizaciones de plantaciones sustitutivas de viñedo a realizar en las zonas vitícolas de la denominación de origen 'Navarra' con derechos procedentes de otras Comunidades Autónomas.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL de 1 de julio de 1996, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Promoción Rural, por la que se establecen normas para las autorizaciones de plantaciones sustitutivas de viñedo a realizar en las zonas vitícolas de la denominación de origen "Navarra" con derechos procedentes de otras Comunidades Autónomas.Boletín Oficial de Navarra Número 99 - Fecha 16/08/1996

A lo largo de los últimos años se ha producido un importante descenso en la superficie vitícola amparada por la denominación de origen "Navarra", que ha pasado de tener 18.177 ha en 1992 a 13.007 en 1995. Ello ha movido al Consejo Regulador a acordar la solicitud de 2.000 ha de plantaciones sustitutivas.

De esta petición se ha hecho eco el Departamento de Agricultura, Ganadería y Promoción Rural y, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1193/1991, de 26 de julio, por el que se regula el régimen de autorizaciones para la plantación de viñedo durante las campañas 1991/92 a 1995/96, y en las órdenes de desarrollo del mismo, de 19 de octubre de 1991 y de 19 de mayo de 1993, se ha procedido a elevar la preceptiva solicitud al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Se hace preciso, en consecuencia, determinar las reglas que han de regir la realización de dichas plantaciones sustitutivas, entendiendo por tales las condicionadas a renuncias de derechos de replantación de otras superficies.

En su virtud,

DISPONGO:

Artículo 1...

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