ORDEN FORAL 279/2014, de 30 de abril, del Consejero de Políticas Sociales por la que se establecen las bases reguladoras de la convocatoria de Empleo Directo Activo.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Una de las mayores preocupaciones del Gobierno de Navarra, en las actuales circunstancias, es proteger a aquellas personas que, debido a la prolongada y difícil situación económica de nuestra Comunidad, han perdido un empleo y han agotado todas las prestaciones derivadas del mismo, encontrándose, a raíz de esa circunstancia, en riesgo de exclusión social y siendo, por tanto, la prevención de la exclusión social mediante la obtención de un empleo, uno de los ejes fundamentales a favorecer desde las administraciones públicas.

La Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de servicios sociales, tiene por objeto garantizar el derecho universal de acceso a los servicios sociales en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra; y están entre los objetivos de éstos la mejora de la calidad de vida y la promoción de la normalización, participación e integración social, política, económica, laboral, cultural y educativa de todas las personas, así como la prevención y atención de las situaciones de exclusión de las personas y de los grupos.

Es por ello por lo que el Departamento de Políticas Sociales estima oportuno implementar una medida consistente en subvencionar a las entidades locales, entidades de iniciativa social sin fines de lucro, entidades mercantiles y autónomos de Navarra para que puedan contratar laboralmente a personas en situación de desempleo y que sean perceptoras de RIS, o bien hayan agotado los 30 meses de dicha prestación.

La Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, determina el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones que exige, entre otros requisitos, el establecimiento de la convocatoria y sus correspondientes bases reguladoras, razón por la que procede aprobar la convocatoria de subvenciones para el año 2014.

Dicha Ley Foral dispone, así mismo, que el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones sea el de concurrencia competitiva salvo que, en casos debidamente justificados, el Gobierno de Navarra autorice un régimen de evaluación individualizada.

Por ello, el Gobierno de Navarra, en sesión de fecha 09 de abril de 2014 acordó autorizar al Departamento de Políticas Sociales, la concesión de subvenciones para la contratación de personas en situación de desempleo y que sean perceptoras de RIS, o bien hayan agotado los 30 meses de dicha prestación, mediante el régimen de evaluación individualizada.

En consecuencia, en virtud de las facultades que me han sido atribuidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 73/2012, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Políticas Sociales,

ORDENO:

Primero.–Aprobar las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para Empleo Directo Activo que figuran como anexo I a esta Orden Foral.

Segundo.–Autorizar un gasto total de 2.337.108,70 euros, con cargo a la partida 900003 91600 4809 231504 denominada “Complemento para la mejora de la empleabilidad y la reinserción laboral” del presupuesto de gastos de 2012 prorrogado para el ejercicio 2014.

Tercero.–Trasladar esta Orden Foral al Negociado de Asuntos Administrativos de la Secretaría General Técnica, al Centro Contable de la Sección de Gestión Económica y Presupuestaria de la Secretaría General Técnica y al Servicio de Atención al Desarrollo e Inclusión de las Personas, a los efectos oportunos.

Cuarto.–Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Quinto.–Contra la presente convocatoria y sus bases reguladoras cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 30 de abril de 2014.–El Consejero de Políticas Sociales, Iñigo Alli Martínez.

ANEXO I

Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para el Empleo Directo Activo en 2014

Primera.–Objeto y finalidad.

  1. Con el objeto de fomentar la incorporación laboral de personas en riesgo de Exclusión social que sean perceptoras de RIS, o que hayan agotado los 30 meses de prestación, el Departamento de Políticas Sociales convoca subvenciones para 2014 con la finalidad de financiar la contratación de estas personas por parte de entidades locales, entidades mercantiles, autónomos y entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro.

  2. Las subvenciones se destinarán a la financiación de los costes salariales derivados de la contratación en régimen laboral de las personas beneficiarias.

  3. Las ayudas previstas en esta convocatoria no se aplicarán a los Centros de Inserción Socio-laboral.

  4. Esta subvención se aplicará a los contratos de trabajo que realicen las siguientes entidades:

  5. –Entidades Locales.

  6. –Entidades de Iniciativa Social sin ánimo de lucro.

  7. –Entidades privadas mercantiles y autónomos.

    Segunda.–Disponibilidad presupuestaria.

    La cuantía total destinada a tales fines para el ejercicio 2014, será de 2.337.108,70 euros, con cargo a la partida 900003 91600 4809 231504 denominada “Complemento para la mejora de la empleabilidad y reinserción laboral” del Presupuesto de Gastos de 2012 prorrogado para 2014.

    La cuantía total se distribuirá de la siguiente manera:

  8. Para las entidades locales y de iniciativa social sin ánimo de lucro se reservará un total de 2.037.108,70 euros.

  9. Para las Entidades privadas mercantiles y autónomos se reservará 300.000 euros.

    Si en alguna de las dos modalidades no se agotase el crédito previsto, la cantidad sobrante se podrá destinar a cubrir la demanda del otro grupo.

    En función de la demanda de contratación y siempre que exista crédito disponible en la partida presupuestaria, podrá ampliarse el importe destinado a la convocatoria mediante Orden Foral del Consejero de Políticas Sociales.

    Tercera.–Requisitos de las personas y entidades beneficiarias.

  10. Son beneficiarias finales de las ayudas económicas establecidas en la presente convocatoria las personas que reúnan los siguientes requisitos:

    1. Haber agotado el periodo máximo de 30 meses de prestación de Renta de Inclusión o estar percibiéndola en el momento efectivo de la contratación.

    2. Tener las habilidades y competencias sociolaborales suficientes para no precisar de un acompañamiento social.

    3. Estar inscritas como demandantes de empleo en las Agencias del Servicio Navarro de Empleo a la fecha de la contratación.

    4. Tendrán preferencia en la contratación las personas que hayan agotado la prestación de Renta de Inclusión Social, de acuerdo con el artículo 7.9 de la Ley Foral 1/2012, de 23 de enero, de Renta de Inclusión Social.

    Las Entidades Locales seleccionarán para la contratación a las personas que consideren más adecuadas para la realización de la actividad laboral, de entre las que le sean propuestas por el Servicio Social de Base de referencia.

    En el caso de las empresas y entidades sin ánimo de lucro podrán dirigirse a los servicios sociales municipales o a los Equipos de Incorporación Socio Laboral (EISOL) del Gobierno de Navarra para que les proporcionen posibles personas a contratar.

  11. Las entidades locales, entidades mercantiles, autónomos o entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro contratantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

    1. Estar legalmente constituidas de conformidad con su naturaleza jurídica.

    2. Tener los centros de actividad o laborales ubicados en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra.

    3. Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

    4. No haber sido excluidas del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves, de conformidad con lo previsto en el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el...

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