ORDEN FORAL 493/2012, de 28 septiembre, del Consejero de Políticas Sociales, por la que se aprueba la nueva Carta de Información a la Ciudadanía de la Dirección General de Política Social y Consumo.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Las Cartas de Servicios se conciben como un instrumento para la mejora y la modernización de las distintas Administraciones Públicas.

En la actualidad, la creación, contenidos y funciones de las Cartas de Servicios se regulan en los artículos 18 a 21 de la Ley Foral 21/2005, de 29 de diciembre, de evaluación de las políticas públicas y de la calidad de los servicios públicos. El artículo 20 de esta Ley Foral dispone que "en el caso de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, cada Departamento y cada organismo autónomo elaborará su respectiva Carta de Servicios en el plazo máximo de tres años desde la entrada en vigor de esta Ley Foral".

Por Decreto Foral 72/2005, de 9 de mayo, el Gobierno de Navarra reguló reglamentariamente las Cartas de Servicios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos y, posteriormente, mediante Orden Foral 119/2005, de 11 de octubre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, se establecieron el diseño y la estructura de las Cartas de Servicios.

Mediante la Orden Foral 32/2010, de 5 de febrero, la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, aprobó la Carta de Servicios de Información a la Ciudadanía, de la Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo.

Transcurridos los dos años desde su aprobación se procede a la revisión de la Carta de Servicios de Información a la Ciudadanía de la Dirección General de Política Social y Consumo, tal y como establece el Acuerdo de 14 de diciembre de 2010 de la Comisión Foral para la Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios Públicos, en el punto 2.º y se detectan aspectos susceptibles de mejora como son los referidos a los compromisos adquiridos y a los indicadores de medición.

En su virtud, y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 5.1 del Decreto Foral 72/2005, de 9 de mayo...

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