DECRETO FORAL 126/2005, de 10 de octubre, por el que se establece el plazo de presentación a la Hacienda Tributaria de Navarra de determinados modelos de declaración informativa anual.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 126/2005, de 10 de octubre, por el que se establece el plazo de presentación a la Hacienda Tributaria de Navarra de determinados modelos de declaración informativa anual.

La obligación de facilitar información a la Administración tributaria constituye un elemento esencial para la realización adecuada del cometido que tiene encomendado. A este respecto, el artículo 103 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria, constituye el marco normativo que configura con carácter general dicha obligación.

El Decreto Foral 673/2003, de 10 de noviembre, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, avanzó en el proceso de clarificación y potenciación de las obligaciones de información al incardinarlas en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, tratando de evitar la dispersión normativa en la materia.

El mencionado Decreto Foral 673/2003 modificó el artículo 62 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, regulando obligaciones de información ante la Administración tributaria y determinando plazos diversos de presentación para las distintas clases de declaración informativa y para los distintos soportes utilizados en su presentación, papel impreso o soporte magnético directamente legible por ordenador. Asimismo el Decreto Foral 673/2003 modificó el artículo 90.2 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el artículo 40.2 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, relativos a los resúmenes anuales de retenciones e ingresos a cuenta, en el sentido de hacer diferir los plazos de presentación de los mismos en función de los distintos soportes utilizados.

En el momento presente, con el fin de coadyuvar a una mayor eficacia en la gestión de los tributos por parte de la Hacienda Tributaria de Navarra, así como de facilitar el cumplimiento de las obligaciones de información por parte de los sujetos pasivos, se considera necesario unificar el plazo de presentación de los modelos informativos que se mencionan en el mes de enero de cada año, respecto de las operaciones del ejercicio anterior, cualquiera que sea el soporte utilizado.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día 10 de octubre de 2005,

DECRETO:

Artículo único...

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