ORDEN FORAL 57/2006, de 3 de marzo, del Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, para la aprobación de la Convocatoria de Ayudas a Actividades de Promoción realizadas por Asociaciones, Entes Locales y Consorcios Administrativos durante el año 2006.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 57/2006, de 3 de marzo, del Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, para la aprobación de la Convocatoria de Ayudas a Actividades de Promoción realizadas por Asociaciones, Entes Locales y Consorcios Administrativos durante el año 2006.

Las Entidades Locales de Navarra, los Consorcios Turísticos y diversas Asociaciones que tienen por objeto la promoción turística vienen desarrollando un papel relevante en la potenciación del sector turístico en tanto que complementan y enriquecen la labor del Servicio de Promoción del propio Departamento de Cultura y Turismo.

La presente convocatoria de ayudas pretende promover iniciativas que el sector público asuma en este sentido o consolidar actuaciones generadoras de afluencia de visitantes ya iniciadas en años anteriores. A tal fin se admitirán aquellas actuaciones que se realicen entre el 1 de octubre de 2005 y el 30 de septiembre de 2006 o todos aquellos proyectos que, habiéndose presentado como uno único, realicen cuando menos un 75% de sus actuaciones dentro del periodo anteriormente señalado.

En líneas generales se apoyan las actuaciones que están en consonancia con las indicaciones del Plan de Marketing de Turismo y se fomenta la labor de dinamizadora y organizadora de Consorcios o agrupaciones de Ayuntamientos. El objetivo es lograr aunar esfuerzos para, a través de planteamientos de actuación globales que diversifiquen la oferta en el espacio y en el tiempo, hacer más efectivas las propias actuaciones.

La presente convocatoria plantea su resolución en términos de concurrencia, toda vez que se estudian, al final del periodo de presentación de solicitudes, el conjunto de las registradas y se dirime cuáles cumplen con los criterios establecidos en convocatoria y cuáles no, pero no en términos de concurrencia competitiva. Se establece, por el contrario y como fórmula de repartimiento, el prorrateo entre los beneficiarios de la subvención del importe global máximo destinado a las subvenciones. Esto es así porque se entiende que es importante que se realicen todas las actividades contempladas en la convocatoria y cuantas más mejor. La experiencia nos dice que gran parte de estas actividades, si no son objeto de subvención, no son realizadas por falta de fondos de las asociaciones, Consorcios o Entes Locales pero que, si existe la posibilidad de una ayuda, independientemente de que ésta sea algo inferior a la inicialmente prevista en convocatoria, si se llevan a cabo. Por otro lado, otras actuaciones, como la asistencia a una determinada feria tienen un grado de interés mayor o menor dependiendo del tipo de asociación o ente que sea y, realmente, son las propias asociaciones, que conocen su mercado específico, quienes mejor preparadas están para decidir a cuáles les interesa asistir.

En su virtud, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Foral 73/2005, de 16 de mayo, artículo 2.2.a), por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana

ORDENO:

  1. _Aprobar la convocatoria de ayudas a la promoción de Asociaciones, Entes Locales y Consorcios Administrativos y las bases reguladoras de las mismas, que se recogen en el anexo a esta Orden Foral correspondientes a 2006.

  2. _Autorizar el gasto para hacer frente a esta convocatoria por los importes y con cargo a las siguientes partidas presupuestarias del presupuesto de gastos del 2006:

    "Ayudas a asociaciones para promoción turística". Partida A10001 A1120 4819 432300. Importe 642.000,00 euros.

    "Ayudas a la iniciativa pública para promoción turística". Partida presupuestaria: A10001 A1120 4609 432300. Importe 572.000,00 euros.

  3. _Publicar esta Orden Foral y su anexo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

    Contra la presente Orden Foral cabe interponer Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación.

    Pamplona, 3 de marzo de 2006._El Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, Juan Ramón Corpas Mauleón.

    B A S E S

    Reguladoras de la convocatoria de ayudas a actividades de promoción realizadas por Asociaciones, Entes Locales y Consorcios Administrativos durante el año 2006

    1. Objeto, importe de la ayuda y beneficiarios.

      Las ayudas objeto de la presente convocatoria se refieren a las siguientes actividades realizadas entre el 1 de octubre de 2005 y el 30 de septiembre de 2006 o a todos aquellos proyectos que, habiéndose presentado como uno único realicen, cuando menos, un 75% de sus actuaciones dentro del periodo anteriormente señalado.

      1.1. Ayudas a asociaciones.

      1.1.1. Ayudas a asociaciones turísticas.

      El presupuesto de gastos para 2006 incluye una partida con esta finalidad, con una dotación presupuestaria de 642.000 euros siendo su denominación "Ayudas a Asociaciones para promoción Turística". Partida A10001 A1120 4819 432300.

      1.1.1.1. Beneficiarios.

      Aquellas Asociaciones con domicilio en Navarra que estén debidamente registradas en el Registro de Turismo de Navarra en el momento de finalización del plazo de presentación de las solicitudes y mantengan su inscripción durante, como mínimo el periodo de vigencia de esta convocatoria.

      1.1.1.2. Objeto.

      1. Actuaciones para la puesta en marcha de estrategias de comercialización y promoción de productos que favorezcan el desarrollo turístico, que consistan en:

        _1.º a) Contratación o puesta en marcha de centrales de reservas.

        _1.º b) Asistencia a ferias turísticas.

        _1.º b.1. Ferias, work-shops y presentaciones, de carácter nacional, a las que acuda la Dirección General de Turismo Por este apartado se subvencionarán los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención derivados de la asistencia a las ferias de Fitur, Expovacaciones, SITC, Feria Internacional de Turismo de Valencia, de una 1 persona por día.

        _1.º b.2. Ferias, work-shops, de carácter nacional, a las que no acuda la Dirección General de Turismo ni ofrezca espacio, siempre que cuenten con informe favorable del Servicio de Promoción e Imagen Turística. Por este apartado se subvencionarán los gastos de alquiler del suelo, stand y transporte de materiales y los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención derivados de la asistencia a las ferias de un máximo de 3 personas por feria.

        _1.º b.3. Ferias, work shops y presentaciones, de carácter internacional a las que acuda la Dirección General de Turismo Por este apartado se subvencionará los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención derivados de la asistencia a las ferias, de una 1 persona por día.

        _1.º b.4. Ferias, work-shops, de carácter internacional, a las que no acuda la Dirección General de Turismo ni ofrezca espacio, siempre que cuenten con informe favorable del Servicio de Promoción e Imagen Turística. Por este apartado se subvencionarán los gastos de alquiler del suelo, stand y transporte de materiales y los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención derivados de la asistencia a las ferias de un máximo de 3 personas por feria.

        _1.º c) Material de difusión en lenguas extranjeras. Incluye catálogos, vídeos y folletos siempre que no exista material del Gobierno de Navarra que cubra los mismos aspectos.

        _1.º d) Acciones publicitarias justificando la acción a que se refiere y al colectivo al que se dirige.

        _1.º e) Creación de páginas Web o renovación o mejora de una existente con un presupuesto máximo de 12.000 euros. En todo caso el formato se ajustará a las líneas marcadas al respecto por el Servicio de Promoción e Imagen Turística en aras a trasmitir una imagen única sobre Navarra. Deberá, así mismo, estar vigente durante un periodo mínimo de 5 años y establecer un enlace con el portal de Turismo del Departamento.

        _1.º f) Acciones y campañas para reforzar la imagen del sector.

      2. Actuaciones para la implantación del Sistema de Calidad Turística Española o para la implantación de cartas de calidad medioambiental homologados en el ámbito nacional, que consistan en:

        1. Asesoramiento Técnico a establecimientos o empresas que estén implantando una Norma de Calidad Turística o para el mantenimiento de la certificación de calidad obtenida o una certificación medioambiental o etiqueta ecológica.

        2. Asesoramiento Técnico a establecimiento o empresas que estén implantando un Manual de buenas prácticas (SICTE Buenas Prácticas) o para el mantenimiento del diploma obtenido al haber superado la correspondiente auditoria.

        A efectos de este apartado se podrán admitir como gastos subvencionables: la contratación de los técnicos, los gastos de dietas y kilometraje por la asistencia a actuaciones relacionadas con los sistemas de calidad de los técnicos contratados al efecto o la de otros técnicos, siempre y cuando su asistencia esté justificada, y los gastos de formación en la materia de los técnicos propios.

        En el caso de contratación de asesoramiento externo se admitirá como gasto subvencionable únicamente la factura de la empresa contratada.

      3. Diagnóstico de necesidades y organización de actividades de formación para la mejora...

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