ORDEN FORAL 253/1997, de 27 de junio, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a la enseñanza privada para el curso 1997/98, en el nivel educativo de segundo ciclo de Educación Infantil.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
ORDEN FORAL 253/1997, de 27 de junio, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a la enseñanza privada para el curso 1997/98, en el nivel educativo de segundo ciclo de Educación Infantil.Boletín Oficial de Navarra Número 98 - Fecha 15/08/1997
El Director del Servicio de Inversiones de este Departamento presenta un informe proponiendo la resolución de la convocatoria de subvenciones para el curso 1997/98, a la enseñanza privada en el nivel de segundo ciclo de Educación Infantil aprobada por Orden Foral 115/1997, de 11 de abril (BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 53, de 2 de mayo).
Esta propuesta recoge los acuerdos de la Comisión de Conciertos y Subvenciones, tal como se establece en los apartados 8.º, 9.º y 10.º de la Convocatoria, reunida en sesión ordinaria el día 10 de junio de 1997.
En virtud de las facultades conferidas en el artículo 36.2 c) y d) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,
ORDENO:
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1. Aprobar la relación de centros educativos que figuran en el anexo a la presente Orden Foral, con expresión del número de unidades de Segundo Ciclo de Educación Infantil subvencionadas para el curso 1997/98.
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La diferencia entre el número de unidades solicitadas y el número de unidades subvencionadas se fundamenta en el correspondiente anexo.
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De conformidad con el apartado 10 de la Convocatoria aprobada por Orden Foral 115/1997, en los centros con ampliación de unidades subvencionadas respecto a las del curso 1996/97, la subvención queda condicionada al cumplimiento por parte de los Centros del Acuerdo sobre el ámbito, los procedimientos y las medidas aplicables en favor del Profesorado afectado por la reducción de unidades concertadas y subvencionadas para el curso 1997/98, que en su día se suscriba entre el Departamento de Educación y Cultura y las Organizaciones Sindicales y Patronales del sector de la Enseñanza privada.
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1. Los Centros a los que se concede la subvención deberán presentar en el Negociado de Conciertos y Subvenciones antes del día 22 de septiembre de 1997 la siguiente documentación:
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Estadillo de matrícula definitiva en el caso de que se hubiera producido alguna modificación con la presentada provisionalmente.
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Relación nominal de los alumnos admitidos por niveles y secciones paralelas de cada nivel, en su caso.
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Listado de alumnos de...
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