ORDEN FORAL 291/1996, de 4 de julio, del Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se aprueban las normas para la concesión de subvenciones a la enseñanza de los centros privados que imparten el 2.º curso del área tecnológico-práctica de Formación Profesional de Primer Grado para el curso 1996-97.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 291/1996, de 4 de julio, del Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se aprueban las normas para la concesión de subvenciones a la enseñanza de los centros privados que imparten el 2.º curso del área tecnológico-práctica de Formación Profesional de Primer Grado para el curso 1996-97.Boletín Oficial de Navarra Número 99 - Fecha 16/08/1996

Hasta el curso 1995-96 han existido centros que han impartido el área tecnológico-práctica de Formación Profesional de Primer Grado que habilita a los alumnos a recibir una certificación académica de dichas enseñanzas y que les permite, mediante los exámenes de enseñanzas no escolarizadas de Formación profesional de Primer Grado, y si reúnen el resto de requisitos, acceder posteriormente al título de Técnico Auxiliar de Formación Profesional.

Por Ordenes Forales 421/1995 y 623/95, se regularon las subvenciones para dichos centros en el curso 1995-96. Es necesario que se regulen también para el curso 1996-97.

En virtud de las facultades conferidas en el artículo 36.2 c) y d) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. Pueden ser objeto de subvención previa firma de convenio con el Departamento de Educación, Cultura, Deporte y Juventud para el curso 1996-97 con el fin de la gratuidad de la enseñanza del área tecnológico-práctica de Formación Profesional de Primer Grado los centros con autorización administrativa para impartir dichas enseñanzas:

    Academia "Elizabeth", de Pamplona.

    Academia "Elizabeth-Lady Man", de Pamplona.

    Academia "Francisco Mata", de Pamplona.

    Academia "Elizabeth-Astiz-Mata, de Tudela.

    Centro de Formación Profesional de Grado Medio "M.ª Paz Sánchez", de Tudela bajo el estricto cumplimiento de las normas incluidas en la presente Orden Foral y del Convenio correspondiente.

  2. El Convenio que se firmará con el Departamento de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, incluirá como mínimo las normas contenidas en esta Orden Foral.

    Los centros que se acojan a las subvenciones reguladas en la presente Orden Foral no podrán obtener ningún otro tipo de subvención del Departamento de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, ni concierto educativo.

  3. Los titulares de los centros mencionados en el apartado 1.º de la presente Orden Foral que deseen recibir las subvenciones reguladas por la presente Orden Foral deberán presentar en el Registro de la Dirección General de Educación, dirigido al Servicio de Planificación e Inversiones, una solicitud con arreglo al modelo normalizado que se incluye como anexo a la presente Orden Foral, en el plazo de 20 días hábiles desde la notificación a los interesados de la presente Orden Foral.

  4. La subvención regulada en la presente Orden Foral irá destinada a la gratuidad de la enseñanza de aquellos alumnos matriculados en segundo curso que cumplan las siguientes condiciones:

    1. Los...

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