ORDEN FORAL 64/2004, de 22 de marzo, del Consejero de Educación, por la que se aprueba la convocatoria de procedimientos selectivos de ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, de ingreso a los Cuerpos de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Profesores de Música y Artes Escénicas y de Profesores Técnicos de ...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 64/2004, de 22 de marzo, del Consejero de Educación, por la que se aprueba la convocatoria de procedimientos selectivos de ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, de ingreso a los Cuerpos de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Profesores de Música y Artes Escénicas y de Profesores Técnicos de Formación Profesional al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

La Disposición adicional undécima de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación y el artículo 17 del Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero ("BOE" del 28), establecen que el sistema de ingreso en la función pública docente será el de concurso-oposición.

De conformidad con el artículo 34 del citado Real Decreto, en las convocatorias de ingreso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria es preciso reservar un porcentaje de plazas que se convoquen para el acceso de funcionario docentes clasificados en el grupo B.

Por Decreto Foral 2/2004, de 12 de enero, se ha aprobado la oferta de empleo de 176 plazas vacantes correspondientes a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Profesores de Música y Artes Escénicas y de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

En consecuencia, el Departamento de Educación acuerda anunciar la siguiente convocatoria:

_Convocatoria de procedimientos de ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y de ingreso a los Cuerpos de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Profesores de Música y Artes Escénicas y de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

CONVOCATORIA DE PROCEDIMIENTOS DE INGRESO Y ACCESO

AL CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA, Y

DE INGRESO A LOS CUERPOS DE PROFESORES DE ESCUELAS

OFICIALES DE IDIOMAS, DE PROFESORES DE MUSICA

Y ARTES ESCENICAS Y DE PROFESORES TECNICOS

DE FORMACION PROFESIONAL

Se regirá por las siguientes bases:

Primera._Normas Generales.

  1. Se convocan procedimientos selectivos para cubrir plazas correspondientes a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Profesores de Música y Artes Escénicas y de Profesores Técnicos de Formación Profesional, con destino en el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.

    De conformidad con la Disposición Adicional séptima del Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra,aprobado por Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, según la redacción dada por la Ley Foral 16/2002, de 31 de mayo, se reservan un 5% del total de las plazas ofertadas, para ser cubiertas por personas con discapacidad de grado igual osuperior al 33% siempre que superen las pruebas selectivas y que, en su momento, acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

    Igualmente, de acuerdo con lo dispuesto enla Disposición Adicional Undécima punto 2 de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación y en el artículo 10.1 b) del Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero ("BOE" del 28) por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los Cuerpos docentes a que se refiere la citada Ley Orgánica, se reservan un 50% de las plazas ofertadas para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria para ser cubiertas por los funcionarios de los Cuerpos de Maestros y de Profesores Técnicos de Formación Profesional, que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

    En el supuesto de que las plazas reservadas para el turno de minusválidoso para el sistema de acceso desde otros Cuerpos no sean cubiertas total o parcialmente, se acumularán a las plazas de la correspondiente especialidad e idioma convocadas para el sistema de ingreso libre.

  2. El número de plazas convocadas queda distribuido por Cuerpos, especialidades y sistemas de acceso, de acuerdo a lo siguiente:

    I._Cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.

    FILOSOFIA 1 2

    LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA 1 3 4

    LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA 1 2 3

    FISICA Y QUIMICA 1 2 2DIBUJO 1 2

    DIBUJO 2 2

    FRANCES 3 3

    MUSICA 1 2

    EDUCACION FISICA 1 2

    PSICOLOGIA Y PEDAGOGIA 1 3 2

    PSICOLOGIA Y PEDAGOGIA 1 2

    TECNOLOGIA 2 5 5

    TECNOLOGIA 1 2

    LENGUA Y LITERATURA VASCA 1 1 2

    ECONOMIA 1 1

    ADMINISTRACION DE EMPRESAS 1 2

    ASESORIA Y PROCESOS DE IMAGEN

    PERSONAL 2 1 FORMACION Y ORIENTACION LABORAL 1 3 3

    INFORMATICA 2 2

    ORGANIZACION Y PROYECTOS DE FABRICA-

    CION MECANICA 5 5 PROCESOS Y PRODUCTOS EN MADERA Y

    MUEBLE 1 1 SISTEMAS ELECTROTECNICOS Y AUTOMATICOS 3 3

    TOTAL 5 330 15 31 22

    II._Cuerpo de profesores de escuelas oficiales de idiomas.

    EUSKERA 1

    ITALIANO 1

    TOTAL 2

    III._Cuerpo de profesores de música y artes escénicas.

    FUNDAMENTOS DE COMPOSICION 1

    SAXOFON 1

    PERCUSION 1

    PIANO 2

    LENGUAJE MUSICAL 1

    TOTAL6

    IV._Cuerpo de profesores técnicos de formación profesional

    FABRICACION E INSTALACION DE CARPINTERIA Y MUEBLE 3

    INSTALACIONES ELECTROTECNICAS 13

    MANTENIMIENTO DE VEHICULOS 8

    MECANIZADO Y MANTENIMIENTO DE MAQUINAS 22 4

    PROCEDIMIENTOS DE DIAGNOSTICO CLINICO Y ORTO-

    PROTESICO 3 PROCEDIMIENTOS SANITARIOS Y ASISTENCIALES 3

    PROCESOS DE GESTION ADMINISTRATIVA 2

    SOLDADURA 4

    TOTAL 56 6

    Respecto a las características de las plazas, se señala que las plazas correspondientes a la especialidad de Psicología y Pedagogía del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria pueden tener el carácter de itinerantes.

  3. A los presentes procedimientos selectivos les será de aplicación:

    La Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación; la Ley 17/1993, de 23 de diciembre ("BOE" del 24), sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea; el Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero ("BOE" del 28) por el que se aprueba el reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes que imparten las enseñanzas escolares del sistema educativo y en el Cuerpo de Inspectores de Educación; el Real Decreto 118/2004, de 23 de enero, por el que se regula el Título de Especialización Didáctica; el Real Decreto 1701/1991, de 29 de noviembre, por el que se establecen especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, se adscriben a ella los Profesores correspondientes a dicho Cuerpo y se determinan las áreas y materias que deberá impartir el profesorado respectivo; el Real Decreto 1635/1995, de 6 de octubre, por el que se adscribe el profesorado de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria yProfesores Técnicos de Formación profesional a las especialidades propias de la formación profesional específica; el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo y demás disposiciones de general aplicación, así como lo dispuesto en la presente convocatoria.

    Segunda._Requisitos de los Candidatos.

    Los aspirantes que participen en la presente convocatoria, para ser admitidos a los procedimientos selectivos, deberán reunir los siguientes requisitos:

  4. Requisitos Generales.

    1. Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

      También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de algunode los demás Estados miembros de la Unión Europea y cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, seade aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

    2. Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.

    3. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al Cuerpo y especialidad a que se opta.

    4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

      Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

    5. No ser funcionario/a de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento del mismo Cuerpo al que se pretenda ingresar.

  5. Requisitos específicos para participar por el procedimiento de ingreso libre.

    Además de los requisitos generales que se establecen en el apartado anterior, los aspirantes deberán reunir los requisitos específicos siguientes:

    I._Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

    1. Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.

      Asimismo, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero, pueden solicitar su participación en la...

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