DECRETO FORAL 44/2010, de 9 de agosto, por el que se regula la ordenación y el desarrollo de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

Las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño están amparadas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su capítulo VI, y, en lo referente a cualificaciones profesionales, en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. Ambas leyes traza un marco regulador innovador y adaptado al nuevo contexto económico y social de nuestro país.

Estas enseñanzas profesionales se organizan en ciclos formativos de grado medio y grado superior, su estructura es modular y su finalidad fundamental es la incorporación al mundo profesional. Al mismo tiempo, estas enseñanzas presentan una idiosincrasia particular, pues requieren una formación polivalente que favorezca el desarrollo de capacidades y destrezas vinculadas a los ámbitos de los diseños, la creación plástica y visual y la artesanía. Las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, serán configuradas desde la perspectiva de la capacitación artística, técnica y tecnológica, conforme a las competencias profesionales propias de los títulos, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social y cultural.

El desarrollo de la regulación y ordenación de estas enseñanzas se ha hecho mediante el Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño. Procede, en consecuencia, adaptar y desarrollar esta última norma en la Comunidad Foral de Navarra, en ejercicio de las competencias en esta materia reconocidas a Navarra en el artículo 47 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra.

El Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, establece la estructura de los nuevos títulos de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, que tienen como base las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social y, en su caso, el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Las enseñanzas conducentes a su obtención se ordenan en ciclos formativos de grado medio y superior, los cuales se organizan en módulos formativos asociados, en los casos en que así se establezca, a unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

Teniendo en cuenta la anterior ordenación básica, este Decreto Foral desarrolla e introduce nuevos aspectos estratégicos y normativos. De este modo, se establecen un conjunto de objetivos para las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño que plantean la dirección futura de estas enseñanzas en Navarra.

En lo que respecta a los elementos estrictamente normativos que se desarrollan para el ámbito exclusivo de Navarra, hay que destacar, en primer lugar, el articulado concerniente al diseño, organización, desarrollo y secuenciación del currículum de los títulos de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño. Currículum que se ha de realizar por parte de las Comunidades Autónomas y que, en el caso de la Comunidad Foral de Navarra, se introducen varios aspectos modernizadores. Por un lado se crean los denominados módulos formativos obligatorios, que serán añadidos por el Departamento de Educación a las enseñanzas mínimas que el Estado ha fijado para cada título y, por otro, la posibilidad de que las escuelas de arte puedan diseñar el currículum de los llamados módulos complementarios.

El segundo elemento a considerar es el relacionado con el entorno productivo, referente esencial y primario de estas enseñanzas que se marcan como objetivo prioritario la inserción profesional y, asimismo, del sistema de cualificaciones profesionales, cuando así proceda. En consecuencia, dentro de un marco delimitado por los objetivos que se establecen para conseguir la adaptación de las escuelas de arte al contexto laboral, se enfatiza la iniciativa emprendedora, las ofertas de formación dirigidas a trabajadores y la participación de profesionales del sector productivo como colaboradores en la docencia en ciclos formativos.

El tercer elemento constituye un factor de proyección de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño al futuro y está desglosado en las líneas estratégicas de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, las cuales se corresponden con los siguientes ámbitos: la innovación creativa y tecnológica, la internacionalización, la información y orientación profesional, la participación en la conservación de patrimonio artístico y en el diseño y creación artísticos y, en su caso, la evaluación de la competencia.

La innovación creativa y tecnológica en enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño tiene como fin último promover en el alumnado los conocimientos y capacidades necesarios para realizar la transición exitosa de la escuela a un mundo del trabajo en empresas inmersas en un mercado competitivo y globalizado, donde el dominio de las técnicas creativas más recientes, la tecnología y su innovación adquieren una dimensión vital que afecta, tanto al crecimiento de las organizaciones como a la propia empleabilidad de los trabajadores. En este sentido, esta línea estratégica permite integrar las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño en el sistema de vigilancia de las enseñanzas profesionales.

La internacionalización de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño es otro de los elementos estratégicos que, como todos los demás, se asocia a proyectos y acciones concretas. Proyectos que, en este campo, tienen que ver no sólo con la movilidad transnacional del alumnado y profesorado, sino con el interés por realizar proyectos de diversa índole con entidades e instituciones extranjeras. Una consecuencia directa de este elemento estratégico consiste en introducir una lengua extranjera, preferentemente inglés, en los ciclos formativos de grado superior. El alumnado que finalice un ciclo formativo de grado superior, además de adquirir una cualificación muy especializada y una madurez profesional asentada en el desarrollo de capacidades personales y sociales, será capaz también de ampliar su movilidad profesional a cualquier país, y así poder acceder a información y recursos internacionales, a partir del uso de una lengua extranjera en situaciones prácticas.

La información y orientación profesional es una herramienta que, debido a su potencial de integración de la formación dirigida a los jóvenes y a los trabajadores, generará mayor movilidad, flexibilidad y amplitud. De este modo el ciudadano deberá contar con un servicio de información y orientación profesional y laboral en las escuelas de arte.

La participación en la conservación y creación de patrimonio artístico constituye un elemento primordial para las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño. Su larga y consolidada trayectoria de formación de profesionales especializados en el conocimiento de nuestro patrimonio artístico y artesanal ha supuesto una rica contribución en el ámbito cultural de la Comunidad Foral de Navarra y una decisiva aportación al conocimiento de muy variadas manifestaciones artísticas. De ahí la importancia estratégica de que mediante una continua actualización que considere la creatividad y la difusión de las nuevas tecnologías, se continúe trabajando en este sentido.

Este Decreto Foral también recoge dentro de sus elementos estratégicos la posibilidad de desarrollar un procedimiento de exención de módulos formativos y, cuando sea posible, un procedimiento de evaluación y acreditación de la competencia. Las personas van a poder ver reconocidas aquellas competencias que han adquirido fuera de los sistemas organizados y reglados de aprendizaje para aquellos módulos que estén referenciados al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y van a poder quedar exentas de módulos formativos no referenciados al Catálogo Nacional de Cualificaciones. Ello es particularmente necesario para quienes han obtenido conocimientos y destrezas durante su ejercicio profesional y que éstas estén definidas como competencias oficiales en los títulos de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.

En virtud de lo expuesto, y previo informe del Consejo Escolar de Navarra, a propuesta del Consejero de Educación, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día nueve de agosto de dos mil diez,

DECRETO:

CAPÍTULO I Artículos 1 a 3

Las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.

El presente Decreto Foral tiene por objeto establecer las directrices generales sobre la estructura y organización de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y, en su caso, en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones Profesionales y de la Formación Profesional, y en el Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.

Artículo 2 Concepto y finalidad.
  1. Las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño se definen como el conjunto de enseñanzas que capacitan al alumnado para el desempeño cualificado de las diversas profesiones relacionadas con el ámbito del diseño, las artes aplicadas y los oficios artísticos, para el acceso al empleo, para la autonomía y evolución personal y profesional y para la adaptación a los cambios de una sociedad basada en el conocimiento y en la necesidad de un aprendizaje permanente que permita la participación activa...

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