ORDEN FORAL 45/2005, de 28 de febrero, del Consejero de Educación, por la que se prorrogan los módulos económicos de subvención para los Programas de Iniciación Profesional, del 2004 para el año 2005, y se autoriza el segundo abono de los mismos, correspondientes al curso 2004/2005.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 45/2005, de 28 de febrero, del Consejero de Educación, por la que se prorrogan los módulos económicos de subvención para los Programas de Iniciación Profesional, del 2004 para el año 2005, y se autoriza el segundo abono de los mismos, correspondientes al curso 2004/2005.

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo establece, en su artículo 23.2, la necesidad de garantizar programas específicos de Garantía Social para los alumnos que no alcancen los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria, con el fin de proporcionarles una formación básica y profesional que les permita incorporarse a la vida activa o proseguir estudios en las distintas enseñanzas reguladas en dicha Ley.

La Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, la evaluación y el gobierno de los centros docentes, en su disposición adicional quinta.2, autoriza a las administraciones educativas a establecer convenios con centros que impartan Programas de Iniciación Profesional.

El Departamento de Educación tiene encomendada la regulación y promoción de los Programas de Iniciación Profesional en virtud de lo establecido en el artículo 18.2 del Decreto Foral 67/1993, de 22 de febrero.

Por Orden Foral 299/2004, de 28 de octubre, se autoriza la implantación de Programas de Iniciación Profesional para el curso 2004/2005, en Institutos de Educación Secundaria, Centros Privados Concertados y Organizaciones sin ánimo de lucro de la Comunidad Foral de Navarra.

Por Resolución 469/2004, de 10 de junio, del Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales, se aprueban las instrucciones que regulan la admisión de alumnos para cursar Programas de Iniciación Profesional durante el curso 2004/2005.

Mediante Resolución 627/2004, de 17 de agosto, del Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales, se ordenan aspectos referidos al funcionamiento de los Programas de Iniciación Profesional en Navarra durante el curso 2004/2005.

Finalmente, el artículo 37.2 de la Ley Foral 18/2004, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio del año 2005, establece que, dado que en Navarra no se imparten actualmente toda la relación de títulos de formación profesional específica, el Departamento de Educación determinará de forma provisional, y hasta tanto no se regule reglamentariamente la composición y forma de financiación de los mismos y las cantidades destinadas a su financiación.

En consecuencia, el Director del Servicio de Centros y Ayudas al Estudio, de este Departamento, presenta un informe proponiendo la prórroga de los módulos de subvención de los Programas de Iniciación Profesional, fijados en la Orden Foral 349/2004, de 9 de diciembre, para el año 2005.

En virtud de las facultades conferidas en el artículo 36.2 c) y d) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. Aprobar la prórroga del módulo económico por unidad escolar del año 2004, para el 2005, a efectos de distribución de la cuantía global de los fondos públicos destinados a subvencionar en condiciones de gratuidad a los centros concertados o entidades sin ánimo de lucro, autorizados para impartir las enseñanzas de los Programas de Iniciación Profesional en funcionamiento en el curso 2004/2005, que quedan establecidos de la siguiente forma:

    I._Programas de Iniciación Profesional en centros concertados.

    Modalidad: Iniciación Profesional Básica

    P R O G R A M A MODULO SUBVENCION

    Auxiliar de Oficina 58.048,99

    Auxiliar de Servicios Sociales 57.897,23

    Auxiliar de Alojamiento 57.897,23

    Operario de instalaciones eléctricas de Viviendas 60.173,41

    Operario Carpintería Aluminio 62.260,67

    1. ...

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