RESOLUCIÓN 9/2010, de 27 de enero, del Director General de Formación Profesional y Universidades, por la que se convoca la celebración de la Prueba de Aptitud Artística, necesaria para el acceso a Ciclos Formativos de grado medio y superior correspondiente a las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

El artículo 52.1 y 2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y el artículo 14.2 del Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, y los Decretos Forales por los que se establecen los currículos de Ciclos Formativos de grado medio y superior de las Enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra señalan que, para acceder al grado medio y al superior de las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, además de los requisitos de "acceso directo" o "mediante prueba", se deberá superar una prueba específica que permita demostrar las aptitudes y los conocimientos artísticos necesarios para cursar con aprovechamiento las enseñanzas de que se trate.

Visto el informe favorable del Director del Servicio de Formación Profesional, y en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1.d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

Primero.-Convocar la celebración de la Prueba de Aptitud Artística, necesaria para el acceso a Ciclos Formativos de grado medio y superior, correspondiente a las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño, según las bases que se establecen en el anexo I.

Segundo.-Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas, que no emanen del Tribunal, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Tercero.-Ordenar la publicación de esta Resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

Cuarto.-Trasladar la presente Resolución y sus anexos al Servicio de Formación Profesional, al Servicio de Inspección Educativa, a la Sección de Planificación y Desarrollo de Centros, al Negociado de Información y Asesoramiento de Alumnos y Padres de Alumnos, al Negociado de Información y Documentación, y a las Escuelas de Arte de Pamplona y Corella.

Pamplona, 27 de enero de 2010.-El Director General de Formación Profesional y Universidades, Pedro González Felipe.

ANEXO I

Bases

  1. -Estarán exentos de realizar la prueba de aptitud artística de acceso a los grados medio y superior quienes:

    1. Tengan superada esta prueba, respectivamente, en convocatorias anteriores.

    2. Estén en posesión de un título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, o título declarado equivalente.

    3. Estén en posesión del título de Bachiller, modalidad de artes, o de bachillerato artístico experimental.

    4. Estén en posesión del título superior de Artes Plásticas y título superior de Diseño, en sus diferentes especialidades, o títulos declarados equivalentes.

    5. Estén en posesión del título superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, en sus diferentes especialidades.

    6. Estén en posesión de las titulaciones de Licenciatura en Bellas Artes, Arquitectura o Ingeniería Técnica en Diseño Industrial.

    7. Acrediten tener una experiencia laboral de, al menos un año, relacionada directamente con las competencias profesionales del ciclo formativo al que se quiere acceder, debiendo aportar, al menos, la siguiente documentación:

      Certificación de la empresa donde haya adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el período de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad. En el caso de trabajadores por cuenta propia, certificación de alta en el censo de obligados tributarios.

    8. Hayan superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior en la modalidad "Artes".

  2. -Asimismo, estarán exentos de realizar la prueba de Aptitud Artística de acceso a grado medio quienes:

    1. Estén en posesión de un título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño.

    2. Hayan superado los cursos comunes de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos de los planes de estudio establecidos por el Decreto 2127/1963, de 24 de julio, los establecidos con carácter experimental al amparo del Real Decreto 799/1984, de 28 de marzo, sobre regulación de experiencias en centros de enseñanzas Artísticas, así como por el Real Decreto 942/1986, de 9 de mayo, por el que se establecen normas generales para la realización de experimentaciones educativas en centros docentes.

    Inscripción

  3. -Se presentará la solicitud de inscripción según modelo normalizado que figura en el anexo II.

    -Primera convocatoria. En las Escuelas de Arte de Pamplona o de Corella, del 2 al 9 de marzo de 2010, ambos...

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