ORDEN FORAL 144/2007, de 14 de mayo, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se establecen las normas que regirán la concesión de ayudas a inversiones para la dotación de instalaciones y equipamiento a explotaciones agrarias en régimen asociativo, en el marco de la integración cooperativa y se aprueba la convocatoria...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 144/2007, de 14 de mayo, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se establecen las normas que regirán la concesión de ayudas a inversiones para la dotación de instalaciones y equipamiento a explotaciones agrarias en régimen asociativo, en el marco de la integración cooperativa y se aprueba la convocatoria de ayudas para el año 2007.

La evolución de los sistemas y modelos de producción agrarios están ocasionando un cambio en las necesidades y demandas de las explotaciones agrarias, especialmente en lo relativo a los sistemas organizativos de uso de los recursos, que aseguren la máxima eficiencia técnico-económica del proceso productivo y comercial.

En este sentido, se considera fundamental fomentar la adaptación y reconversión de las estructuras actuales, estableciendo ayudas a la inversión en proyectos de prestación de servicios en fase de producción que permitan reducir costes unitarios para asegurar la competitividad y mantenimiento de los sistemas productivos agrarios.

Se considerarán específicamente como prestación de servicios en la fase de producción los de suministro y abastecimiento de inputs y productos terminados a socios.

Estos fines se enlazan con los objetivos planteados en el Plan Estratégico para la Agricultura Navarra aprobado en 2006, especialmente en el Eje estratégico 1 "Estructuras e infraestructuras agrarias", en el que se articulan dos objetivos prioritarios: "Fomentar la adaptación y reconversión de las explotaciones" y "Potenciar los servicios para la mejora de la competitividad de las explotaciones".

Por otra parte, mediante Acuerdo de Gobierno de 8 de mayo de 2006, se aprobó el Plan de Actuaciones para la reconversión del sector de cooperativas agrarias de Navarra. Dicho Plan prevé una serie de actuaciones en el sector de las cooperativas agrarias con el objeto de reforzar, tanto los principios de incremento de dimensión como sistema de mejora de competitividad, como los de vertebración económico-social de los ámbitos rurales, dinamizando la actividad económica y fijando población.

Para la consecución de estos objetivos con la celeridad deseable, se considera necesaria la participación de los poderes públicos a través de ayudas a las inversiones orientadas al abastecimiento y suministro de inputs en régimen asociativo en el marco de la integración cooperativa.

Además y conforme al Plan de Actuaciones para la reestructuración de las cooperativas agrarias de Navarra, esta medida se liga a la existencia de un Proyecto de integración cooperativa por parte de la entidad beneficiaria, que justifique específicamente, entre otras cuestiones, la oportunidad y viabilidad de las inversiones.

Las ayudas recogidas en esta convocatoria se encuadran entre las previstas en artículo 4 del Reglamento (CE) número 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción, de productos agrarios y por el que se modifica el Reglamento (CE) número 70/2001.

Estas ayudas están coordinadas con las previstas en la medida de "modernización de explotaciones agrarias, establecidas en el Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2007-2013, las contempladas en el Reglamento (CE) número 1433/2003 de la Comisión por las que se gestiona ayudas a las organizaciones de productores que constituyan fondos operativos, así como las del Real Decreto 16/2006 sobre fondos y programas operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas.

A la presente Orden Foral le es de aplicación la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

Ordeno:

Artículo 1 Objeto.

La presente Orden Foral tiene por objeto establecer las normas reguladoras de las ayudas a inversiones para la dotación de instalaciones y equipamiento a explotaciones agrarias en régimen asociativo, en el marco de la integración cooperativa.

Artículo 2 Actuaciones subvencionables.

Serán subvencionables aquellos proyectos de inversión, para la dotación de instalaciones y equipamiento a explotaciones agrarias en régimen asociativo, que tengan como objetivo la reducción de los costes de producción.

Artículo 3 Gastos subvencionables e inversiones excluidas.
  1. Se considerarán gastos subvencionables los siguientes:

    1. La construcción, adquisición o mejora de inmuebles.

    2. La compra o arrendamiento con opción de compra de maquinaria y equipo, incluidos los programas informáticos, hasta el valor de mercado del producto.

    3. Costes generales relacionados con los gastos indicados en las letras a) y b), tales como los honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, los estudios de viabilidad o adquisición de patentes y licencias.

  2. Quedan excluidas de ayudas las siguientes inversiones:

    1. Las inversiones que no se realicen en Navarra.

    2. Las que sean mera reposición de otras anteriores.

    3. Las que hayan dado comienzo antes de la presentación de las...

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