ORDEN FORAL de 2 de marzo de 2001, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se reglamenta la producción de la patata de siembra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL de 2 de marzo de 2001, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se reglamenta la producción de la patata de siembra.

Mediante la Orden Foral de 11 de marzo de 1996, se reglamentó la producción de patata de siembra en la Comunidad Foral de Navarra, de acuerdo con la Ley 11/1971, de 30 de marzo, de Semillas y Plantas de Vivero, y con la Orden Ministerial de 24 de mayo de 1989, por la que se aprueba el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Patata de Siembra, modificada por Orden Ministerial de 11 de abril de 1995.

En la Orden Foral referida se estableció que la zona del Pirineo tendría la consideración de zona cerrada, es decir, que sólo estaría autorizado el cultivo de patata de siembra. Asimismo, se dispuso que la zona de Codés tendría la característica de "zona abierta", es decir, en ella se autorizaba la producción simultánea de la patata de siembra y consumo, siempre que ésta se cultivara respetando una serie de requisitos.

Del análisis de las campañas transcurridas en lo relativo a sanidad vegetal y a la respuesta de los productores en cuanto a la aplicación de las medidas establecidas, se deduce la insuficiencia de los procedimientos actuales para garantizar una producción de calidad.

Por otra parte, la Orden Ministerial de 3 de marzo de 1998, por la que se modifica la de 24 de mayo de 1989, por la que se aprueba el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Patata de Siembra, prevé la posibilidad de que las Comunidades Autónomas establezcan la superficie mínima que deberán disponer los productores con categoría de Productor-Multiplicador, en función de las características técnicas y socioeconómicas de la zona de producción.

En consecuencia, vista la propuesta formulada por el Servicio de Agricultura y Financiación Agraria, y en ejercicio de las facultadas que me han sido atribuidas por el...

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