DECRETO FORAL 224/1998, de 6 de julio, por el que se modifica el Decreto Foral 32/1990, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de control de actividades clasificadas para la protección del medio ambiente.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 224/1998, de 6 de julio, por el que se modifica el Decreto Foral 32/1990, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de control de actividades clasificadas para la protección del medio ambiente.Boletín Oficial de Navarra Número 92 - Fecha 03/08/1998

El Decreto Foral 32/1990, de 15 de febrero, publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 27, de 2 de marzo de 1990, establece en su artículo 23 que la obtención de la licencia de apertura será previa a la concesión de cualquier autorización administrativa que sea preceptiva para el ejercicio de la actividad.

De la redacción de este artículo se desprende que las autorizaciones administrativas de suministros de energía eléctrica, combustibles o agua potable, sólo podrán ser otorgadas cuando el titular de la actividad se encuentre en posesión de la licencia de apertura, es decir la autorización de puesta en marcha, tal y como se define en el artículo 20 del mismo Decreto Foral.

No obstante es habitual que determinadas actividades, con anterioridad a su puesta en marcha definitiva, necesiten realizar pruebas en las instalaciones para comprobar la idoneidad de las mismas o su adecuación a las medidas correctoras que, en su caso, hubieran impuesto.

Para ello, se plantea la posibilidad de concesiones de autorizaciones provisionales con duración por el tiempo necesario para facilitar que se lleven a cabo estas actividades de comprobación y adaptación de las instalaciones.

A su vez, mediante la exigencia, en su caso, de fianza o seguro, se garantizará la responsabilidad que pueda derivarse de daños a las personas o al medio ambiente.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda y del Consejero de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día seis de julio de mil novecientos noventa y ocho,

DECRETO:

Artículo único Se añade al artículo 23 del Reglamento de Control de actividades clasificadas para la protección del medio ambiente, aprobado por el Decreto Foral 32/1990, de 15 de febrero, los siguientes párrafos:

"Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior y al objeto de poder realizar...

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