DECRETO FORAL 71/2012, de 25 de julio, por el que se regula la asignación del complemento de puesto directivo docente.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

De acuerdo con lo establecido en el artículo 105 del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, la asignación del complemento de puesto directivo docente a los distintos puestos de trabajo de gobierno unipersonales en centros docentes, así como la determinación de su cuantía, está establecida en la Disposición adicional decimoquinta de la Ley Foral 1/1997,de 31 de enero, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio de 1997.

La Disposición adicional decimocuarta de la Ley Foral 19/2011, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2012, autoriza al Gobierno de Navarra a modificar la asignación del complemento de puesto directivo docente, previa realización de un estudio sobre el número y características de tales puestos, siempre que de dicho estudio no se derive incremento del gasto total.

A la vista del estudio realizado por el Departamento de Educación, que obra en el expediente del presente Decreto Foral y respetando el principio de contención del gasto de personal contenido en la citada Disposición adicional, procede revisar el complemento de puesto de directivo docente asignado a los puestos de trabajo de esta naturaleza existentes en los centros docentes adscritos al Departamento de Educación.

Comoquiera que se da en esta materia cierta dispersión normativa, ya que existen otros complementos que están asignados a puestos de trabajo de naturaleza análoga, (puesto que no se trata de centros docentes en el sentido del artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, de Educación y concordantes), y que en unos casos han sido regulados mediante norma de rango legal y, en otros casos, lo han sido mediante norma de rango reglamentario, el presente Decreto Foral viene a regular todos ellos, en unos casos en uso de la autorización de la citada Ley Foral de Presupuestos y, en otros, por ser materia susceptible de modificación por vía reglamentaria.

En efecto, el artículo 105.1 del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, establece que "el complemento de puesto directivo docente se asignará a los órganos unipersonales de gobierno de los centros docentes y a otros puestos de trabajo de naturaleza análoga", razón por la cual en el presente Decreto Foral se modifica también la asignación del complemento de determinados puestos de trabajo que tienen naturaleza análoga a los puestos a los que la normativa asigna el complemento de puesto directivo docente, como son puestos de carácter directivo en el Euskaltegi Zubiarte o los centros de recursos y de...

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