ORDEN FORAL de 24 de enero de 2000, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se modifica la Orden Foral de 29 de marzo de 1999, por la que se regulan las ayudas a los Consejos Reguladores de las denominaciones de calidad alimentaria.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL de 24 de enero de 2000, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se modifica la Orden Foral de 29 de marzo de 1999, por la que se regulan las ayudas a los Consejos Reguladores de las denominaciones de calidad alimentaria.

Las ayudas a los Consejos Reguladores de las denominaciones de calidad alimentaria están reguladas por Orden Foral de 29 de marzo de 1999.

La experiencia de su aplicación en el ejercicio de 1999 aconseja establecer modificaciones en los artículos 7 y 8 de la misma.

La modificación del artículo 7 permitirá realizar anticipos de pago de las subvenciones que se concedan para campañas de promoción genéricas; la del artículo 8 consiste en unificar el plazo de presentación de solicitudes para todas las líneas de ayuda.

En consecuencia, y en ejercicio de las facultades que me atribuye el artículo 36.2 b) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

Artículo único Se modifican los artículos 7 y 8 de la Orden Foral de 29 de marzo de 1999, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se regulan las ayudas a los Consejos Reguladores de las denominaciones de calidad alimentaria.

Las modificaciones a introducir son las siguientes:

  1. Se añade un nuevo párrafo al artículo 7, con el siguiente contenido:

    "Se podrán realizar anticipos de pago de hasta el 50% de la subvención concedida, sin que dichos anticipos sobrepasen la cantidad de diez millones de pesetas."

  2. Se sustituyen los apartados 2 y 3 del artículo 8 por un nuevo apartado 2 que tendrá la siguiente redacción:

    "2. Las solicitudes de ayudas se presentarán antes del día 1 de mayo de cada año, o durante los primeros tres meses de funcionamiento, en caso de tratarse de Consejos de nueva creación."

DISPOSICION FINAL

Esta Orden Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, veinticuatro de enero de dos mil.-El Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ignacio Javier Martínez Alfaro.

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