ORDEN FORAL 146/2009, de 27 de marzo, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se establece el procedimiento para regularizar las superficies de viñedo ilegales plantadas con anterioridad al 1 de septiembre de 1998 sin derecho de replantación.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Organización Común de Mercado del sector vitivinícola aprobada por Reglamento (CE) número 479/2008 del Consejo de 29 de abril de 2008, establece en su artículo 86 y siguientes la regularización obligatoria de las plantaciones ilegales de viñedo plantadas con anterioridad al 1 de septiembre de 1998.

El Real Decreto 1244/2008, de 18 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola, en sus artículos 11 y 12 establece determinados aspectos relativos a la regularización de viñedos.

Ante la existencia de esta situación de presencia de superficies de viñedo irregulares en Navarra se hace necesario establecer un procedimiento para que los titulares de estas plantaciones de viñedo puedan regularizarlas, dentro del plazo establecido y en las condiciones establecidas por la normativa comunitaria, para su posterior inscripción en el Registro Vitícola de Navarra,

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

Artículo 1 Objeto.

El objeto de la presente Orden es establecer el procedimiento para la regularización de las superficies de viñedo ilegal, plantado con anterioridad al 1 de septiembre de 1998, en la Comunidad Foral de Navarra.

Artículo 2 Superficie de viñedo regularizable.
  1. Se considerarán superficies de viñedo regularizables e inscribibles en el Registro Vitícola de la Comunidad Foral de Navarra, las plantadas con anterioridad al 1 de septiembre de 1998 sin derecho de replantación.

  2. Las superficies de viñedo plantadas después del 31 de agosto de 1998 sin derecho de replantación no pueden ser regularizadas y deberán ser arrancadas.

Artículo 3 Solicitudes de regularización.
  1. Las solicitudes de regularización se obtendrán en las oficinas de EVENA en Olite...

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