ORDEN FORAL 100/2001, de 16 de mayo, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se remite el expediente administrativo relativo al recurso contencioso-administrativo número 437/01 interpuesto por el Ayuntamiento de Orcoyen y la Mancomunidad de Huarte y Esteríbar contra el Plan de Actuación para la aplicación de la normativa...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 100/2001, de 16 de mayo, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se remite el expediente administrativo relativo al recurso contencioso-administrativo número 437/01 interpuesto por el Ayuntamiento de Orcoyen y la Mancomunidad de Huarte y Esteríbar contra el Plan de Actuación para la aplicación de la normativa sobre el uso del vascuence en la Zona Mixta, aprobado por Acuerdo del Gobierno de Navarra de 8 de enero de 2001, a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra requiere la remisión del expediente administrativo relativo al recurso número 437/01 interpuesto por el Ayuntamiento de Orcoyen y la Mancomunidad de Huarte y Esteríbar contra el Plan de Actuación para la aplicación de la normativa sobre el uso del vascuence en la Zona Mixta, aprobado por Acuerdo del Gobierno de Navarra de 8 de enero de 2001.

Dicho expediente deberá ser enviado con anterioridad al día 4 de junio de 2001.

Igualmente la Sala de lo Contencioso-Administrativo requiere a esta Administración para que emplace a cuantos aparezcan como interesados en el citado expediente en la forma prevista en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Por cuanto antecede,

ORDENO:

  1. Remitir el expediente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR