RESOLUCIÓN 1137/2017, de 25 de abril, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se convoca, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, para los años 2017 y 2018, el procedimiento para la evaluación y acreditación de competencias profesionales asociadas a determinadas cualificaciones definidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

El procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales constituye uno de los instrumentos y acciones del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, tal y como establece el artículo 4.1.b) de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.

La regulación de dicho procedimiento se contiene en el Real decreto 1224/2009, de 17 de julio, así como en el Decreto Foral 66/2014, de 27 de agosto, por el que se establecen las normas para la implantación en la Comunidad Foral Navarra del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral o de otras vías no formales de formación, y la estructura organizativa responsable del mismo.

En relación con las acreditaciones a obtener como consecuencia de dicho procedimiento, resulta de aplicación el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.

La experiencia resultante de algunas convocatorias anteriores, en las que se ha obtenido una demanda insuficiente de participantes en los procedimientos de acreditación, conduce a la conclusión de que la realización de convocatorias con un encaje temporal muy limitado dificulta su difusión entre las personas potencialmente interesadas y obligan a desarrollar las diversas fases del procedimiento a un ritmo más acelerado del que sería deseable para estos procesos. Por ello, se ha considerado necesario poner en marcha una nueva modalidad de convocatoria con un plazo de inscripción permanente (procedimiento abierto hasta la finalización de los recursos económicos determinados para ello), ya que permitirá una mejor difusión de la convocatoria y facilitará la inscripción de las personas interesadas, así como un desarrollo del procedimiento con plazos más amplios, prestando de esta manera una atención más personalizada de las necesidades de los candidatos.

Atendiendo a la propuesta de la Comisión de Acreditación, a que se hace referencia en el artículo 24 del Decreto Foral 66/2014, de 27 de agosto, de que se convoque, en el ámbito de Navarra, para los años 2017 y 2018, un procedimiento permanente para la evaluación y acreditación de determinadas competencias profesionales definidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

De conformidad con lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 12.e) del Decreto Foral 263/2015, de 2 de diciembre, por el que se aprueban los estatutos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, en relación con el artículo 10.1 del Decreto Foral 66/2014, de 27 de agosto,

RESUELVO:

  1. Aprobar la convocatoria del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales correspondiente a los ejercicios 2017 y 2018 en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra:

    1. Asociadas a las cualificaciones profesionales de (anexo 3):

      –Mantenimiento y montaje mecánico de equipo industrial.

      –Socorrismo en instalaciones acuáticas.

      –Cocina.

    2. Asociadas a las cualificaciones que la Comisión de Acreditación podrá incorporar a la convocatoria, mediante demanda formulada y fundamentada por entidades empresariales o sociales, que se consideren de interés prioritario para determinados sectores profesionales de la Comunidad Foral de Navarra.

  2. Aprobar las bases por las que se regirá la convocatoria, que se detallan a continuación:

    –Objeto y ámbito de aplicación.

    El objeto de la presente Resolución es regular, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra y para los años 2017 y 2018, la convocatoria de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de otros procedimientos no formales, conforme a las instrucciones que se establecen en los anexos 1 y 2.

    –Apoyo al procedimiento.

    Los aspectos estratégicos y organizativos del procedimiento serán coordinados por la Comisión de Acreditación.

    La planificación, organización y gestión del procedimiento se regirá por lo dispuesto en el Decreto Foral 66/2014, de 27 de agosto.

    –Protección de datos.

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos que, a través de los diversos formularios, faciliten las personas participantes, serán incorporados a los ficheros del Gobierno de Navarra para la gestión de los documentos de reconocimiento que pudieran resultar de este procedimiento, así como para su tratamiento estadístico.

    Aquellas personas que lo hagan constar de forma expresa, podrán oponerse al tratamiento de sus datos cuando existan motivos fundados y legítimos relativos a una concreta situación personal.

  3. Autorizar un gasto de 175.000 euros con cargo a la partida presupuestaria 950002 96200 2276 242100 “Desarrollo procedimientos acreditación competencias adquiridas a través de la experiencia laboral. Conferencia Sectorial” del Presupuesto de Gastos de 2017, y de 50.000 euros con cargo partida presupuestaria 950002 96200 2276 242100 “Desarrollo procedimientos acreditación competencias adquiridas a través de la experiencia laboral. Conferencia Sectorial” del Presupuesto de Gastos de 2018, o a la partida presupuestaria análoga que se habilite, condicionado a la existencia de crédito presupuestario suficiente.

    El personal asesor y evaluador designado para participar en este procedimiento percibirá las compensaciones económicas establecidas en la Resolución 90/2015, de 21 de octubre, del Director General de Educación, que en ningún caso podrán superar el importe de 6.000 euros por asesor/a o evaluador/a y grupo.

  4. Publicar esta Resolución y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

  5. Trasladar la presente Resolución y sus Anexos al Servicio de Desarrollo de Competencias Profesionales del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, al Servicio de Formación Profesional del Departamento de Educación, y a los Centros Oficiales referentes de las cualificaciones convocadas (anexo 3).

  6. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Derechos Sociales, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.

    Esta resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

    Pamplona, 12 de abril de 2017.–La Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, Paz Fernández Mendaza.

ANEXO 1

Instrucciones (Para las cualificaciones...

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