RESOLUCIÓN 180E/2017, de 7 de abril, de la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo, por la que se aprueba la convocatoria de 2017 de subvenciones a actuaciones colaborativas de clústeres y empresas.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

La Estrategia de Especialización Inteligente (S3) de Navarra apuesta por el modelo colaborativo para el desarrollo de los sectores económicos. Asimismo, el Gobierno de Navarra ha definido la política de clústeres orientando el modo de funcionamiento para su desarrollo y consolidación.

La política de incentivos a clústeres es una vía para potenciar la competitividad de los clústeres y la capacidad innovadora y contribuye a su consolidación hasta que puedan ser liderados por sus integrantes.

La situación de los clústeres en Navarra es diferente en cuanto a su evolución y consolidación y, por tanto, se hace necesaria la puesta en marcha de medidas que, además de fomentar la participación de las empresas y los clústeres en proyectos colaborativos para potenciar su competitividad, contribuyan a consolidar los clústeres incipientes.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra

RESUELVO:

  1. Aprobar la convocatoria de 2017 de subvenciones a actuaciones colaborativas de clústeres y empresas.

  2. Aprobar las bases reguladoras de la concesión de la subvención, que se recogen en el Anexo de esta Resolución.

  3. Para hacer frente a los compromisos de esta convocatoria se autoriza el crédito presupuestario siguiente:

    PARTIDA PRESUPUESTARIA EJERCICIO IMPORTE (euros)
    810009-81310-4819-422200: (E) Plan de impulso de Cluster 2017 335.000
    4. Publicar esta Resolución y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra
  4. Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Desarrollo Económico, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

    Pamplona, 10 de abril de 2017.–La Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo, Izaskun Goñi Razquin.

    ANEXO

    Bases reguladoras

    Base 1.–Objeto.

    La finalidad de esta subvención es fomentar la acción colaborativa de las empresas de Navarra y su participación en proyectos ligados a clústeres existentes para mejorar su competitividad.

    Se entiende por clúster la combinación en un espacio geográfico de empresas y entidades proveedoras de conocimiento o tecnología, involucrados activamente en procesos de intercambio colaborativo, dirigidos a obtener ventajas y beneficios derivados de la ejecución de proyectos conjuntos de carácter innovador, en torno a un mercado o segmento de mercado objetivo, o a una rama o sector científico de referencia.

    Los criterios de la política de clústeres en Navarra se especifican en el documento que estará disponible en la ficha correspondiente del Catálogo de Trámites del Portal del Gobierno de Navarra en Internet www.navarra.es (en adelante, la ficha de las ayudas).

    Base 2.–Actuaciones subvencionables.

  5. Las actuaciones subvencionables han de encuadrarse en las áreas económicas priorizadas por la Estrategia de Especialización Inteligente 2016-2030 (S3) de Navarra: Automoción y mecatrónica, Cadena alimentaria, Energías renovables y recursos, Salud, Turismo integral e Industrias creativas y digitales.

  6. Las líneas de actuación subvencionables serán las siguientes:

    2.1. Línea A. Consolidación de clústeres incipientes.

    Se considerará que un clúster es incipiente cuando cumpla los siguientes requisitos:

    –Tener menos de 10 años de antigüedad (según fecha de constitución de la asociación o entidad jurídica solicitante) en el momento de presentar la solicitud.

    –No haber recibido ayudas a través del programa de apoyo a clústeres (del Gobierno de Navarra o a través del programa de AEIs nacional) en más de dos ocasiones desde su constitución. No se considerarán en este cómputo las ayudas a preclústeres del programa de apoyo a clústeres del Gobierno de Navarra de 2016.

    Dentro de esta línea se subvencionarán las siguientes actuaciones de los clústeres incipientes:

    1. Labores de captación de socios, organización y celebración de mesas de trabajo, gestión de la agrupación, representación del clúster.

    2. Redacción o actualización de planes estratégicos. Se apoyará la subcontratación externa de consultoría especializada dirigida al análisis estratégico y de la posición competitiva del clúster orientada a la definición de un plan de actuación plurianual.

    3. Dinamización de proyectos. Detección de proyectos colaborativos, búsqueda de financiación externa para los proyectos en convocatorias regionales, nacionales y europeas, etc.

    4. Actuaciones de marketing y comunicación como el diseño de acciones, campañas, desarrollo de catálogos, directorios, folletos, jornadas, etc.

    5. Actuaciones de capacitación dirigidas al gestor del clúster o a los órganos de gestión del clúster sobre temáticas específicas de gestión de clústeres.

      2.2. Línea B. Proyectos de mejora de la competitividad.

      Esta línea de actuación tiene por objeto fortalecer el potencial innovador y la competitividad de las empresas a través de la cooperación.

      Dentro de esta línea se subvencionarán las siguientes actuaciones:

    6. Proyectos de colaboración entre las asociadas orientados hacia la mejora competitiva en los siguientes ámbitos: innovación tecnológica, innovación no tecnológica o de gestión, internacionalización y marketing y comercialización.

    7. Servicios y consultoría externa en inteligencia estratégica. Implantación de sistemas de vigilancia estratégica del entorno, tecnológica, mercados y competencia, ofrecidos al conjunto de empresas del clúster, y actuaciones destinadas a incrementar el nivel de conocimiento técnico, de tendencias, de gestión, de estrategia, financiero, operacional.

    8. Actualización de planes estratégicos. Se apoyará especialmente la subcontratación externa de consultoría especializada dirigida al análisis estratégico y de la posición competitiva del clúster orientada a la definición de un plan de actuación plurianual.

    9. Proyectos de cooperación con otros clústeres dirigidos a la mejora de la competitividad de las empresas navarras pertenecientes al clúster.

    10. Otros proyectos de actividad colaborativa que surjan del plan estratégico del clúster y que no estén comprendidos en la línea A de ayudas.

      2.3. Línea C. Adhesión a clústeres de fuera de Navarra.

      Esta línea favorecerá la adhesión a clústeres de fuera de Navarra que mejoren la competitividad, innovación o diversificación de productos y mercados.

      Base 3.–Requisitos de las beneficiarias.

  7. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas y entidades que reúnan los siguientes requisitos generales:

    1. No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias que establece el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento puede acreditarse mediante la “Declaración responsable” que se incluye en el formulario de solicitud.

      Con el fin de acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, la solicitud de la subvención conlleva la autorización al órgano gestor de las ayudas para consultar, en el momento en que se dicta la propuesta de resolución de concesión, los datos que certifiquen dicha circunstancia.

    2. Estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra en el caso que proceda conforme al artículo 3 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra.

  8. Asimismo, en función de la línea de actuación para la que se solicite ayuda, las solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos específicos:

    2.1. Línea A. Consolidación de clústeres incipientes.

    Sólo podrán optar a estas ayudas las entidades con personalidad jurídica que tengan la condición de clúster incipiente según la definición establecida en la base 2.2.

    Los clústeres incipientes deberán reunir los siguientes requisitos:

    1. Haber recibido subvención a través del programa de apoyo a clústeres y preclústeres del Gobierno de Navarra en convocatorias anteriores, o estar registrado como AEI dentro del Programa de Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEI) del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.

    2. Estar constituidos como entidades sin...

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