RESOLUCIÓN 41E/2019, de 8 de marzo, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la ejecución durante 2019, 2020 y 2021 de los programas de Escuelas Taller y Programas integrados de formación y empleo, de ámbito territorial exclusivo de la Comunidad Foral de Navarra, dirigidos a las personas desempleadas. Identificación BDNS: 443268.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

La Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, acomete una reforma integral del sistema y otorga un nuevo marco jurídico a las diferentes ofertas de formación que tanto empresas como Administraciones Públicas ponen a disposición de las personas trabajadoras.

El artículo 8 de la citada Ley prevé tanto la formación en alternancia con el empleo mediante un proceso mixto de empleo y formación, que permite al trabajador compatibilizar el aprendizaje formal con la práctica profesional en el puesto de trabajo a través de un contrato para la formación y el aprendizaje, como los programas específicos para la formación de personas con necesidades formativas especiales o con dificultades para su inserción o recualificación profesional, que complementan la acción formativa con acciones, programas y compromisos de contratación.

Ambas iniciativas, así como las acciones que las integran, estarán dirigidas a la adquisición, mejora y actualización permanente de las competencias y cualificaciones profesionales, favoreciendo la formación a lo largo de la vida de la población activa, y conjugando las necesidades de las personas, de las empresas, de los territorios y de los sectores productivos.

Se hace necesario, por tanto, implementar medidas dirigidas a incrementar la empleabilidad de las personas desempleadas, mejorando las condiciones del mercado de trabajo, en el marco de la Estrategia Europea para el Empleo, del Programa Nacional de Reformas, de la Estrategia Española de Activación para el Empleo (2017-2020) y del respectivo Plan Anual de Política de Empleo (PAPE).

Se trata de formar a colectivos vulnerables, en riesgo de exclusión y de jóvenes sin cualificación, con el objetivo de proveerles de una cualificación y de promover su desarrollo personal y social, a través de una atención integral, de su participación en experiencias laborales y del apoyo a su inserción.

La duración de los programas de Escuelas Taller y Programas integrados hace necesario que la aprobación de la convocatoria se extienda en el tiempo, afectando a tres ejercicios presupuestarios. El perfil de usuarios a los que se ofrecen los programas, el desarrollo del contenido que se propone y la intensidad del servicio requiere de programas que se extienden hasta los 24 meses.

Estos programas de formación y empleo se financiarán mediante subvenciones públicas otorgadas en régimen de concurrencia competitiva y se ejecutarán por las entidades beneficiarias.

Mediante Acuerdo de Gobierno de Navarra de 19 de septiembre de 2018, se autoriza a la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, para la adquisición de un compromiso de gasto plurianual por importe de 15.000.000 euros para la financiación de subvenciones para escuelas taller y programas integrados.

En consecuencia, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 12 del Decreto Foral 263/2015, de 2 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare,

RESUELVO:

  1. Aprobar la convocatoria de subvenciones para la ejecución durante 2019, 2020 y 2021 de los programas de Escuelas Taller y Programas integrados de formación y empleo, de ámbito territorial exclusivo de la Comunidad Foral de Navarra, dirigidos a las personas desempleadas.

  2. Aprobar las bases por las que se regirá la convocatoria, que se recogen en el anexo adjunto a esta Resolución.

  3. Autorizar un gasto para los años 2019, 2020 y 2021, por importe de 13.000.000 euros para la financiación de subvenciones para la ejecución de los programas de Escuelas Taller y Programas integrados de formación y empleo, dirigidos a las personas desempleadas, distribuido de la siguiente manera:

    • 5.000.000 euros con cargo a la Partida 950002 96200 4819 242200 “Programas de Escuelas Taller y programas específicos. Conferencia Sectorial” del Presupuesto de Gastos de 2019, con la siguiente distribución:

    2.500.000 euros para Escuelas Taller. 2.500.000 euros para Programas integrados. • 5.000.000 euros con cargo a la Partida 950002 96200 4819 242200 “Programas de Escuelas Taller y programas específicos. Conferencia Sectorial” del Presupuesto de Gastos de 2020, o a la partida presupuestaria análoga que se habilite, con la siguiente distribución:

    2.500.000 euros para Escuelas Taller. 2.500.000 euros para Programas integrados. • 3.000.000 euros con cargo a la Partida 950002 96200 4819 242200 “Programas de Escuelas Taller y programas específicos. Conferencia Sectorial” del Presupuesto de Gastos de 2021 o a la partida presupuestaria análoga que se habilite para Escuelas Taller.

    Si una vez resuelta la convocatoria sobrara consignación presupuestaria de cualquiera de los dos programas, podría utilizarse para el otro.

  4. Publicar esta Resolución y su Anexo en el Boletín Oficial de Navarra.

  5. Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Derechos Sociales, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

    Pamplona, 8 de marzo de 2019.–La Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, Paz Fernández Mendaza.

    ANEXO

    Bases de la convocatoria

  6. –Objeto y ámbito de actuación.

    El objeto de esta convocatoria es regular las condiciones y requisitos de la concesión de subvenciones a las entidades que promuevan Escuelas Taller o Programas integrados de formación y empleo.

    El ámbito de aplicación es la Comunidad Foral de Navarra.

  7. –Definición.

    Las Escuelas Taller se configuran como programas que tienen por objeto mejorar la empleabilidad de las personas desempleadas alternando el aprendizaje y la cualificación con un trabajo productivo, con la finalidad de promover su inserción laboral.

    Para ello se desarrollarán trabajos efectivos, obras o servicios reales, de utilidad pública o de interés social, que posibilitarán al alumnado trabajador la realización de un trabajo efectivo como vía de aprendizaje.

    Los Programas integrados de formación y empleo consisten en la realización de un itinerario de orientación, formación e inserción que permite a las personas destinatarias mejorar su nivel de empleabilidad.

  8. –Personas destinatarias.

    3.1. Las personas destinatarias de las Escuelas Taller deberán cumplir los siguientes requisitos:

    1. Jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 años.

    2. Estar en desempleo, inscritas como demandantes en las agencias de empleo dependientes del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare y disponer de la tarjeta de desempleo en vigor.

    3. Cumplir los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato para la formación y el aprendizaje.

    4. Si la formación del proyecto está dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad de nivel de cualificación 2, se garantizará que el perfil del alumnado se adecua a los requisitos de acceso marcados en los certificados de profesionalidad.

    5. Se dará prioridad a aquellas personas que no hayan participado en otra Escuela Taller aprobada en las tres últimas convocatorias.

      El número máximo de alumnos previsto en el programa será de 20.

      3.2. Las personas destinatarias de los Programas integrados de formación y empleo deberán cumplir los siguientes requisitos:

    6. Estar en desempleo, inscritas como demandantes en las agencias de empleo dependientes del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare y disponer de la tarjeta de desempleo en vigor.

    7. Si la formación del proyecto está dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad de nivel de cualificación 2, se garantizará que el perfil del alumnado se adecua a los requisitos de acceso marcados en los certificados de profesionalidad.

    8. Se dará prioridad a aquellas personas que no hayan participado en otro Programa integrado de formación y empleo aprobado en las tres últimas convocatorias.

      Excepcionalmente, en los Programas integrados donde se programe parte de un certificado de profesionalidad tendrán preferencia las personas que tengan acreditado algún módulo formativo del citado certificado diferente de los del Programa, y dentro de esas personas, aquellas que tengan más módulos acreditados.

      El número máximo de alumnos previsto en el programa será de 20.

  9. –Entidades beneficiarias.

  10. Los programas previstos en esta convocatoria serán promovidos por las siguientes entidades:

    1. Entidades locales, sus organismos autónomos y entidades dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales, todas ellas del ámbito geográfico de la Comunidad Foral de Navarra.

    2. Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro de Navarra u otras corporaciones de derecho público.

  11. Todas las entidades beneficiarias deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, y disponer de la capacidad técnica y de gestión suficientes.

  12. –Duración del programa.

    Las Escuelas Taller que se desarrollen al amparo de estas bases tendrán una duración mínima de 12 meses y máxima de 24 meses.

    Los Programas integrados de formación y empleo que se desarrollen al amparo de estas bases tendrán una duración mínima de 4 meses y máxima de 11 meses.

    Todos los programas deberán comenzar en el primer ejercicio presupuestario para el que se apruebe la convocatoria.

  13. –Contenido de los programas de Escuelas Taller y Programas Integrados de Formación y Empleo.

    Incluirá las siguientes actuaciones:

    6.1. Orientación:

    Las acciones de orientación y tutorización se desarrollarán a lo largo de todo el proyecto. De manera obligatoria contendrán:

    –Diagnóstico previo o su actualización si ya se le ha realizado por los Servicios de Orientación del SNE-NL.

    –Itinerario laboral personalizado en el que se incluirán acciones para su inserción laboral.

    –Sesiones de evaluación y seguimiento individualizado y acciones para el desarrollo de aspectos personales para el empleo, ya sean individuales o grupales.

    Para ello las...

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