ORDEN FORAL 423/2010, de 15 de junio, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se crea la Sede Electrónica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus Organismos Públicos.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, define, en su artículo 10.1, la sede electrónica como "aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a una Administración Pública, órgano o entidad administrativa en el ejercicio de sus competencias".

La creación de una sede electrónica tiene por finalidad aportar a los ciudadanos garantías de plena certeza y seguridad, comportando un régimen riguroso de identificación, autenticación, contenido mínimo, protección jurídica, accesibilidad, disponibilidad y responsabilidad.

El artículo 10.3 de la citada Ley de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos establece que "cada Administración Pública determinará las condiciones e instrumentos de creación de las sedes electrónicas", resultando oportuno proceder a la creación de la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Foral y sus Organismos Públicos.

A su vez, el desarrollo de la Ley Foral 11/2007, de 4 de abril, para la implantación de la Administración Electrónica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y la implantación progresiva de procedimientos electrónicos, exige la creación de un entorno de seguridad, integridad y disponibilidad de la información que hace necesaria la creación de una sede electrónica que responda a tales exigencias. El artículo 42 de dicha Ley Foral señala que el Portal de Servicios Web del Gobierno de Navarra posibilitará que los ciudadanos tengan acceso permanente y gratuito por medio de dicho Portal a los servicios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus Organismos Públicos que relaciona, configurándose como único, siendo, por tanto, el soporte de la Administración Electrónica en nuestro ámbito. Asimismo, se contempla que dicho Portal estará bajo la responsabilidad y gestión técnicas del Departamento o Departamentos competentes en las materias de organización administrativa y de sistemas de...

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