Subasta de bienes inmuebles (Expediente subasta 26/98)

SecciónIV - Disposiciones Generales publicadas en el BOE

Subasta de bienes inmuebles (Expediente subasta 26/98)Boletín Oficial de Navarra Número 57 - Fecha 13/05/1998

El Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra.

Hace saber: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 31/02, contra el deudor Luis Felipe Zarranz Alli, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado la siguiente:

"Providencia: Una vez autorizada, con fecha 29 de abril de 1998 la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor Luis Felipe Zarranz Alli, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra dicho deudor, procédase a la celebración de la citada subasta el día 3 de junio de 1998, a las doce horas, en Avenida del Conde Oliveto, número 7, 5.ª planta, de Pamplona, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 146 a 149 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Los bienes que se subastan y los tipos para la subasta serán los siguientes:

Lote único.-Mitad indivisa del local comercial de la planta, baja de sótano de la casa número 30 de la Avenida de Bayona, de Pamplona. Superficie según el título, noventa y ocho metros y trece decímetros cuadrados, pero según medición practicada su superficie real es de ciento once metros y treinta y seis decímetros cuadrados. Finca inscrita con el número 8.061 en el Registro de la Propiedad número 2 de Pamplona.

Cargas que han de quedar subsistentes: 343.917 pesetas.

Tipo de subasta en primera licitación: 1.906.083 pesetas.

Tipo de subasta en segunda licitación: 1.429.562 pesetas.

Tipo de subasta en tercera licitación: 953.042 pesetas.

Notifíquese esta providencia al deudor, al depositario de los bienes embargados y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y al cónyuge de dicho deudor, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán el apremiado o los acreedores citados liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes".

En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:

  1. -Que todo licitador habrá de constituir ante el Recaudador Ejecutivo o ante la Mesa de subasta un depósito de, al menos, el 25 por ciento del tipo de subasta de los bienes por los que desee pujar...

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