ORDEN FORAL 133/2013, de 15 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se modifica el anexo de la Orden Foral 20/2010, de 22 de febrero, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueban las Normas Técnicas Generales de Valoración de los Bienes Inmuebles objeto de inscripción en el Registro de la Riqueza Territorial de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El artículo 23.1 de la Ley Foral 12/2006, de 21 de noviembre, del Registro de la Riqueza Territorial y de los Catastros de Navarra, establece que son normas generales de valoración de los bienes inmuebles las disposiciones de carácter general aprobadas por el Consejero de Economía y Hacienda para establecer la uniformidad en el conjunto del territorio de los métodos de valoración aplicables a los bienes inmuebles.

A su vez, su Reglamento de desarrollo, aprobado por Decreto Foral 100/2008, de 22 de septiembre, en el artículo 23 concreta el contenido de las normas técnicas generales de valoración, estableciendo que deben desarrollar los métodos de valoración y conceptos valorativos establecidos en el Capítulo III del Título I de la Ley Foral 12/2006, entre otras, hacer una “Descripción exhaustiva de los métodos de valoración aplicables, recogidos en el artículo 24 de dicha Ley Foral”.

Mediante Orden Foral 20/2010, de 22 de febrero, del Consejero de Economía y Hacienda se aprobaron las normas técnicas generales de valoración de los bienes inmuebles objeto de inscripción en el Registro de la Riqueza Territorial de Navarra.

Las normas 30 y 34 de la citada Orden Foral establecían órdenes precisas sobre el cálculo del valor actual de las construcciones y el cálculo por el método aditivo del valor de las unidades inmobiliarias constituidas por construcción, respectivamente, que son específicas para cada uno de los sistemas de caracterización de las construcciones vigentes.

Dado que mediante Orden Foral 132/2013, de 15 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, se ha aprobado un nuevo sistema denominado “Sistema de Caracterización de las Construcciones por Volumen”, no contemplado en las normas actualmente vigentes, resulta necesaria la modificación de la Orden Foral 20/2010, especificando el modo de cálculo que se debe aplicar a las construcciones caracterizadas conforme al nuevo sistema.

Por otra parte, se modifica la norma 2.2., para posibilitar la revisión parcial de las Ponencias de Valoración vigentes cuando se ha producido una modificación de las condiciones de uso y aprovechamiento de suelo. Consecuencia de ello, se realizan ajustes técnicos, que son precisos para hacer coherente su aplicación.

Asimismo, se aprueba una modificación de la norma 26, eliminando la restricción que hacia ésta limitando la aplicación del valor de suelo libre consolidado a recinto...

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