ORDEN FORAL 187/2006, de 14 de junio, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática por internet de los modelos 717, FR-2, S-91, 480, 04, 170, 180, 182, 184, 190, 193, F-50 y 349.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 187/2006, de 14 de junio, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática por internet de los modelos 717, FR-2, S-91, 480, 04, 170, 180, 182, 184, 190, 193, F-50 y 349.

El artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, insta a las Administraciones Públicas para que promuevan la incorporación de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas en el desarrollo de su actividad y en el ejercicio de sus competencias.

El Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero, por el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas, aborda el desarrollo de dicho artículo, con la pretensión de delimitar las garantías, requisitos y supuestos de utilización de las referidas técnicas.

El artículo 44.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, ordena que la tramitación de los expedientes administrativos se apoye en la utilización de medios electrónicos, informáticos y telemáticos, con respeto de las garantías y cumplimiento de los requisitos previstos en cada caso por el ordenamiento jurídico.

La Disposición Adicional Séptima de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria, autoriza al Consejero de Economía y Hacienda para regular mediante Orden Foral los supuestos y condiciones en los que los contribuyentes y las entidades puedan presentar por medios electrónicos, informáticos y telemáticos, declaraciones, comunicaciones, declaraciones-liquidaciones, autoliquidaciones o cualesquiera otros documentos exigidos por la normativa tributaria.

La Orden Foral 169/2005, de 2 de junio, del Consejero de Economía y Hacienda, aprobó el Acuerdo de colaboración externa para realizar en representación de terceras personas la presentación por vía telemática de declaraciones, comunicaciones y otros documentos tributarios y la tramitación telemática del pago de deudas tributarias. En esa Orden Foral se indica que quienes suscriban el documento individualizado de adhesión al mencionado Acuerdo de colaboración, podrán realizar en representación de terceros dichos actos, entre los cuales se engloba la presentación por vía telemática de los modelos a los que se refiere la presente Orden Foral.

La experiencia adquirida por la Hacienda Tributaria de Navarra en el desarrollo de los sistemas de presentación telemática de declaraciones unida a la creciente demanda de los obligados tributarios respecto de la utilización de nuevas tecnologías en sus relaciones con la Administración tributaria, hacen necesario extender el citado sistema de presentación telemática a determinadas declaraciones, como en este caso a las relativas a los modelos 717, FR-2, S-91, 480, 04, 170, 180, 182, 184, 190, 193, F-50 y 349.

En consecuencia,

ORDENO:

Artículo 1 º Ambito de aplicación del sistema de presentación telemática por internet de modelos de declaración.
  1. La presentación telemática, prevista en la presente Orden Foral, será de aplicación a los siguientes modelos de declaración:

    Modelo 717 "Carta de pago en euros del Departamento de Economía y Hacienda, correspondiente a fraccionamientos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas" (modalidad primera).

    Modelo FR-2 "Fraccionamiento a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas" (modalidad segunda).

    Modelo S-91 "Declaración-liquidación del Impuesto sobre Sociedades. Pagos fraccionados".

    Modelo 480 "Declaración resumen anual del Impuesto sobre las Primas de Seguros".

    Modelo 04 "Comunicación libros registros obligatorios".

    Modelo 170 "Declaración informativa de las cantidades percibidas por los promotores de viviendas a cuenta del precio de adquisición de éstas".

    Modelo 180 "Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas, sobre Sociedades y sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes). Retenciones e ingresos a cuenta. Determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos. Resumen anual".

    Modelo 182 "Declaración informativa de donaciones recibidas".

    Modelo 184 "Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Impuesto sobre Sociedades. Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Entidades en régimen de atribución de rentas. Declaración informativa anual".

    Modelo 190 "Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos de trabajo, de determinadas actividades empresariales y profesionales, premios...

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