DECRETO FORAL 612/1999, de 13 de diciembre, por el que se prorroga el régimen transitorio de fiscalización limitada previa previsto en el Decreto Foral 186/1999, de 7 de junio.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 612/1999, de 13 de diciembre, por el que se prorroga el régimen transitorio de fiscalización limitada previa previsto en el Decreto Foral 186/1999, de 7 de junio.

Mediante Decreto Foral 133/1999, de 3 de mayo, se regularon los procedimientos de intervención de los actos, documentos y expedientes que puedan generar obligaciones de contenido económico para la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos administrativos.

Con ello se pretendió, en primer lugar, el establecimiento de una metodología de intervención que atienda básicamente, en un momento inicial, a los actos más significativos, eximiendo de la intervención previa aquellos otros cuya cuantía, contenido o riesgo sean menos relevantes, sin perjuicio de un eficaz control posterior de estos últimos mediante procedimientos de muestreo o técnicas de auditoría que garanticen su fiabilidad.

Asimismo, se pretendió racionalizar los recursos destinados a las tareas de control y permitir que el personal de intervención alcance, en el desempeño de sus funciones un mayor grado de eficacia al dedicar su atención prioritaria a los actos más relevantes en su control pleno y previo a las disposiciones que lo regulan.

Por Decreto Foral 186/1999, de 7 de junio, se reguló con carácter transitorio, la fiscalización limitada previa de los actos, documentos y expedientes que puedan generar obligaciones de contenido económico para la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos administrativos. Tal medida tiene por objeto desarrollar una serie de tareas encaminadas a la preparación y adaptación de los distintos órganos de la Administración al nuevo marco jurídico aprobado por el citado Decreto Foral 133/1999, de 3 de mayo.

La disposición transitoria del Decreto Foral 186/1999, establece que la vigencia del mismo permanecerá mientras subsistan las circunstancias que lo han motivado y, en todo caso, hasta el día 31 de diciembre de 1999.

En la actualidad persisten las circunstancias anteriormente señaladas, máxime teniendo en...

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