ORDEN FORAL 78/1997, de 2 de junio, del Consejero de Salud, por la que se crean determinadas Unidades en la estructura orgánica de la Clínica Ubarmin.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 78/1997, de 2 de junio, del Consejero de Salud, por la que se crean determinadas Unidades en la estructura orgánica de la Clínica Ubarmin.Boletín Oficial de Navarra Número 73 - Fecha 18/06/1997

Por Decreto Foral 496/1991, de 4 de noviembre, se desarrolló la estructura orgánica de la Clínica Ubarmin.

Es objeto de la presente Orden Foral proceder a clarificar la estructura orgánica, estableciendo las Unidades organizativas básicas precisas para el mejor desarrollo de las tareas y cometidos propios del Centro.

Por todo ello, de conformidad con lo previsto en la Disposición Adicional Tercera del Decreto Foral 496/1991, de 4 de noviembre, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 50.2 de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, a propuesta del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea,

ORDENO:

Artículo 1 º Se crea la Jefatura de Unidad de Almacén, adscrita a la Sección de Administración de la Clínica Ubarmin.
Artículo 2 º Se crea la Jefatura de Unidad de Portería, adscrita a la Sección de Administración de la Clínica Ubarmin.
DISPOSICIONES FINALES

Primera.-El incremento del...

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