ORDEN FORAL 3772/1998, de 7 de septiembre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se aprueba definitivamente la unificación de las concesiones Pamplona-Villava, con hijuelas a Oricáin, Huarte y Olaz y Pamplona-Zizur Mayor-Gazólaz, con hijuela a Barañáin (expediente número 34).

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 3772/1998, de 7 de septiembre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se aprueba definitivamente la unificación de las concesiones Pamplona-Villava, con hijuelas a Oricáin, Huarte y Olaz y Pamplona-Zizur Mayor-Gazólaz, con hijuela a Barañáin (expediente número 34).Boletín Oficial de Navarra Número 113 - Fecha 21/09/1998

La empresa La Montañesa, S.A.L., solicitó la unificación de las concesiones de transporte público regular permanente y de uso general de viajeros por carretera entre Pamplona - Zizur Mayor - Gazólaz, con hijuelas a Barañáin, de las que es titular. Asimismo, solicitó autorización para realizar en esta misma concesión una hijuela desviación a Gorráiz.

Por Orden Foral 1439/1998, de 15 de abril (BOLETIN OFICIAL de Navarra de 22 de mayo de 1998) se aprobó de forma provisional la unificación de las concesiones Pamplona-Villava, con hijuelas a Oricáin, Huarte y Olaz y Pamplona-Zizur Mayor-Gazólaz, con hijuela a Barañáin, asimismo se aprobó someter a información pública el pliego de bases modificado, por el plazo de un mes.

El Ayuntamiento de Pamplona, en oficio de 22 de junio de 1998, solicitó que se le tuviera por personado en el expediente y se iniciaran las oportunas conversaciones con el objeto de armonizar sus competencias con las de la Administración Foral y preservar los derechos de la concesionaria del transporte urbano de dicho municipio.

Con fecha 30 de junio se mantuvo una reunión entre representantes de ambas Administraciones, como consecuencia de la cual, el 2 de julio se remitió al Ayuntamiento de Pamplona el Pliego de Bases y se le solicitó que informara sobre las paradas a realizar en Pamplona, no habiéndose recibido hasta el momento contestación alguna.

En el plazo concedido al efecto se han presentado las alegaciones que a continuación se transcriben y contestan:

-La Montañesa, S.A.L., solicita se realicen varias modificaciones en el Pliego de Bases, referentes a horarios e itinerarios, así como que se autorice en refuerzos y sustituciones la utilización de vehículos de mayor antigüedad.

Dichas alegaciones se han estimado, incluyendo las oportunas modificaciones en el Pliego de Bases, al considerarse que se ajustan a la realidad actual de paradas y servicios que se vienen realizando.

-La Cooperativa de Transportes Urbanos de Pamplona (COTUP) solicita que se desista de la unificación proyectada, alegando que:

  1. Dado el carácter de urbano del transporte desde Villava-Huarte hasta Zizur Mayor y Cizur Menor, el Gobierno de Navarra carece de competencia.

    En contra de lo manifestado por el alegante, los servicios de transporte objeto de unificación tienen el carácter de interurbanos, por lo que son de la competencia de la Administración de la Comunidad Foral.

    Por otra parte, ha de tenerse en cuenta que la Disposición Transitoria Segunda de la Ley Foral 8/1998, de 1 de junio, del transporte regular de viajeros en la Comarca de Pamplona-Iruñerria, establece que en tanto...

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