ORDEN FORAL 34/2002, de 18 de febrero, del Consejero de Educación y Cultura por la que se autorizan las Actividades de Promoción del Vascuence destinadas a los alumnos de Enseñanzas No Universitarias de modelos lingüísticos A, B, y D, de Navarra y se aprueban sus bases reguladoras

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Las actividades complementarias y extraescolares programadas se amparan en el Decreto Foral 85/1989, de 13 de abril, por el que se regula la concesión de ayudas para la realización de actividades de promoción y desarrollo de la enseñanza del euskera.

La organización de actividades para favorecer el contacto con la lengua objeto de estudio se ha impuesto como metodología esencial para la obtención de las capacidades lingüísticas pretendidas. La existencia de convocatorias específicas de refuerzo de los aprendizajes de la lengua promueve, asimismo, la inserción de la oferta de actividades complementarias y extraescolares en la Programación Anual de los centros educativos.

El Servicio de Euskera presenta informe solicitando la autorización de las Convocatorias de Ayudas destinadas a la Organización de Actividades Complementarias en Euskera para alumnos de centros de Educación Infantil y Primaria de modelos lingüísticos A, B, y D y de centros de Educación Secundaria de modelo A; de Encuentros con Escritores Vascos en la Escuela; de proyectos de desarrollo lingüístico en centros educativos de Educación Infantil y Primaria con modelos B o D; de un programa de uso de registros coloquiales del euskera en centros públicos de Educación Secundaria con modelos B o D; de concursos de Literatura, Etnología y Dialectología, Lectura y Declamación y Bersos escrito y de Encuentros de Teatro. Asimismo, solicita la aprobación de sus bases reguladoras que se adjuntan a esta orden foral.

En virtud de las facultades conferidas en el artículo 36.2.c) y d) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

ORDENO:

  1. Autorizar las convocatorias de ayudas, correspondientes al año 2002, para la realización de actividades de Promoción del Vascuence dirigidas a alumnos de Enseñanzas no universitarias de modelos lingüísticos A, B y D de Navarra.

  2. Aprobar las Bases reguladoras de las convocatorias que figuran en el Anexo de la presente Orden Foral.

  3. El importe total presupuestado para la realización de estas actividades asciende a 138.190 euros, que se desglosan de la siguiente manera:

    Convocatoria de Ayudas para la realización de Actividades Complementarias para alumnos de centros de Educación Infantil y Primaria de modelos A, B y D y de Educación Secundaria de modelo A: 66.110 euros.

    Convocatoria de Ayudas para la realización de la campaña Escritores Vascos en la Escuela para alumnos de Educación Secundaria de modelos B y D de Navarra: 6.010 euros.

    Convocatoria para la realización de proyectos de desarrollo lingüístico en centros educativos de Educación Infantil y Primaria con modelos B o D durante el año 2002: 12.020 euros.

    Convocatoria para la realización de un programa de uso de registros coloquiales del euskera en centros públicos de Educación Secundaria con modelos B o D: 21.000 euros.

    Concursos de Literatura, Etnología y Dialectología, Lectura y Declamación, Berso escrito y Encuentros de teatro para alumnos de Educación Primaria y Secundaria de modelos A, B y D de Navarra:33.050 euros.

    Dichos abonos se realizarán con cargo a la Partida Presupuestaria 430000 41400 2269 422904 "Actividades de Promoción del Vascuence", del Presupuesto prorrogado de 2001 para 2002.

  4. Trasladar la presente Orden Foral y su anexo al BOLETIN OFICIAL de Navarra para su publicación.

  5. Notificar la presente Orden Foral, al Señor Interventor del Departamento de Economía y Hacienda en Educación, a la Sección de Presupuestos y Gestión Económica, al Servicio de Euskera, a la Unidad de Administración del Servicio de Euskera, a la Unidad de Promoción del Vascuence, a los interesados, significando que contra la misma puede interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación.

    Pamplona, dieciocho de febrero de dos mil dos.-El Consejero de Educación y Cultura, Jesús María Laguna Peña.

ANEXO I

Bases de las convocatorias

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ORGANIZACION DE ACTIVIDADES EDUCATIVAS COMPLEMENTARIAS EN EUSKERA DIRIGIDA A ALUMNOS DE EDUCACION INFANTIL Y PRIMARIA DE MODELOS A, B Y D Y ALUMNOS DE EDUCACION SECUNDARIA DE MODELO A PARA EL AÑO 2002

B a s e s

  1. El objeto de esta convocatoria es favorecer la utilización de distintos registros lingüísticos a través de diversas manifestaciones artísticas y culturales como: charlas, marionetas, payasos, magos, etc...

  2. Las actividades que se recogen en esta convocatoria, destinadas a los alumnos de Educación Infantil y Primaria de modelos A, B y D, y alumnos de Educación Secundaria de modelo A se desarrollarán durante el año 2002, siendo la fecha límite para su realización el 29 de noviembre de 2002.

  3. La cantidad destinada a la realización de esta convocatoria asciende a 66.110 euros.

  4. La solicitud se deberá presentar, al Servicio de Euskera del Departamento de Educación y Cultura (anexo II), dentro de los siguientes veinte días naturales a contar desde el día siguiente en que se publique la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  5. Una comisión formada por el jefe de la sección de didáctica y promoción del euskera y dos técnicos del Servicio estudiará las peticiones presentadas.

    En la valoración de las solicitudes la comisión tendrá en cuenta la idoneidad de las actuaciones con el objetivo que se busca, así como la calidad lingüística de los artistas o grupos objeto de contratación.

  6. Posteriormente, se elevará propuesta de Resolución de adjudicación de la convocatoria especificándose la relación de actividades aprobadas para cada centro.

  7. El responsable de la actividad del centro escolar se encargará de establecer el contacto con el ponente, artista o grupo escogido, su contratación y cuantos detalles sean precisos para su desarrollo.

  8. El centro escolar remitirá al Servicio de Euskera:

    1. La factura del ponente, artista o grupo (original).

    2. El certificado (original) de realización de la actividad expedido por la Dirección del Centro. (Anexo III).

    El servicio de euskera abonará directamente al interesado la cantidad acordada.

  9. La presentación de las facturas y certificados se realizará en el plazo máximo de una semana a partir de la realización de la actividad.

    1. La actividad a realizar deberá ser siempre aquella que se haya reflejado en la solicitud.

    2. En el caso de incumplimiento de las bases 8.ª, 9.ª y 10.ª el Servicio de Euskera no se hará cargo de los gastos generados por la actividad.

    3. La ayuda económica será de 301 euros por actividad.

    4. El Departamento de Educación y Cultura del Gobierno de Navarra se reserva el derecho a requerir cualquier información complementaria y la posibilidad de inspección y control de las actividades realizadas.

    CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA TOMAR PARTE EN LA CAMPAÑA DE "ESCRITORES VASCOS EN LA ESCUELA", DURANTE EL AÑO 2002

    B a s e s

  10. El objeto de esta convocatoria consiste en acercar al aula la obra y la experiencia personal de autores literarios en euskera con el fin de fomentar el interés del alumnado por la lengua y la literatura.

  11. Las actividades que se recogen en esta convocatoria, destinadas a los alumnos de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato de modelos B y D, se desarrollarán durante el año 2002, siendo la fecha límite de su realización el 29 de noviembre de 2002.

  12. La cantidad destinada a la realización de esta convocatoria asciende a 6.010 euros.

  13. La solicitud se deberá presentar, al Servicio de Euskera del Departamento de Educación y Cultura (anexo II), dentro de los siguientes veinte días naturales a contar desde el día siguiente en que se publique la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  14. Una comisión formada por el jefe de la sección de didáctica y promoción del euskera y dos técnicos del servicio estudiará las peticiones presentadas.

    En la valoración de las solicitudes la comisión tendrá en cuenta la idoneidad de los autores objeto de contratación.

  15. Posteriormente, se elevará propuesta de Resolución de adjudicación de la convocatoria especificándose la relación de autores aprobadas para cada centro.

  16. El responsable de la actividad del centro escolar se encargará de establecer el contacto con el autor escogido, su contratación y cuantos detalles se consideren oportunos para su desarrollo.

  17. El centro escolar remitirá al Servicio de Euskera:

    1. La factura del escritor (original).

    2. El certificado (original) de realización de la actividad expedido por la Dirección del Centro. (Anexo III).

  18. La presentación de las facturas y certificados se realizará en el plazo máximo de una semana a partir de la realización de la actividad.

    1. El escritor deberá ser siempre aquel que se haya reflejado en la solicitud.

    2. En el caso de incumplimiento de las bases 8.ª, 9.ª y...

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