ORDEN FORAL 65/2006, de 5 de mayo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se resuelve la fase de información pública y se aprueba definitivamente el proyecto de construcción del 'Ensanche y mejora de la carretera NA-128 (Caparroso-Peralta). Tramo: Marcilla-Peralta'.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 65/2006, de 5 de mayo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se resuelve la fase de información pública y se aprueba definitivamente el proyecto de construcción del "Ensanche y mejora de la carretera NA-128 (Caparroso-Peralta). Tramo: Marcilla-Peralta".

El proyecto de construcción del "Ensanche y mejora de la carretera NA-128 (Caparroso-Peralta). Tramo: Marcilla-Peralta", fue aprobado técnicamente y sometido a información pública por Orden Foral 490/2005 de 11 de noviembre del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, siendo publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 143, de 30 de noviembre de 2005.

Por la citada Orden Foral se sometía dicho proyecto y la relación de los bienes y derechos afectados a información pública, a fin de que se formulasen cuantas observaciones y alegaciones se estimasen oportunas.

El Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas informa que transcurrido el plazo de alegaciones, se han recibido las siguientes:

_Alegación número 1: Don José María Abárzuza Goñi, en representación del Ayuntamiento de Marcilla. (MA-32, MA-33, MA-34 y MA-35).

  1. Alega que las fincas propiedad del Ayuntamiento no tienen la calificación de rústicas, como figura en la relación de afecciones, sino de suelo industrial, y solicita que se tenga en cuenta en el justiprecio el importe abonado por su compra como suelo industrial.

  2. Alega que en la relación de propietarios figura como titular de la parcela catastral número 56 del polígono 6 de Marcilla la anterior propietaria.

  3. Indica que la acequia de riego existente entre las fincas MA-30 y MA-31, que se afecta con las obras y que está previsto reponer está en desuso por parte de ambos propietarios, por lo que solicita que no se reponga.

  4. Solicita que se considere facilitar el acceso al futuro Polígono Industrial de Marcilla mediante la construcción de una rotonda.

    Contestación:

  5. La descripción de los bienes y derechos afectados se ha efectuado de conformidad con el Catastro vigente. En dicho Catastro la superficie afectada por el proyecto está clasificada como figura en el listado.

    En el Levantamiento de Acta Previa a la ocupación, se procederá a la descripción pormenorizada de los elementos afectados por las obras, los cuales serán valorados en su momento.

  6. Se acepta lo alegado.

  7. Se acepta lo solicitado.

  8. Se desestima lo solicitado por no estar contemplado entre las actuaciones objeto de este proyecto. La construcción del acceso al futuro Polígono Industrial de Marcilla deberá llevarla a cabo el promotor del mismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 100 de la Ley 35/2002 de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

    _Alegación número 2: Ayuntamiento de Peralta.

    Solicita que se sustituya la intersección de acceso a la fábrica Jofemar, S.A., proyectada con carril central de espera, por una glorieta cerrada.

    Contestación:

    Se desestima lo solicitado. En la fase de proyecto se han estudiado tres tipologías para la intersección de acceso a la fábrica Jofemar, S.A.: glorieta cerrada, glorieta partida e intersección en 'T' con carril central de espera e incorporación.

    Una vez analizado cada caso desde el punto de vista de la funcionalidad y, especialmente, de la seguridad vial se ha concluido que la más adecuada es la intersección en 'T' con carril central de espera e incorporación.

    _Alegaciones número 3 y número 7: Don Alfredo Igartua Ayerra. (PE-101)

  9. Alegación número 3: Indica que en la relación de bienes afectados por el proyecto, en lo que respecta a la finca de su propiedad, no se han tenido en cuenta todos los elementos afectados por las obras.

  10. Alegación número 7: Indica que la sección con la que se dota a la carretera le parece excesiva para la categoría de la carretera sobre la que se actúa y que no entiende la necesidad de disponer un arcén de anchura similar a los arcenes de las autovías, aunque en la Orden Foral de aprobación técnica del proyecto se justifique por la necesidad de facilitar la incorporación de los vehículos a la calzada desde las fincas colindantes a la misma.

    Pone de manifiesto que deduce que dicho arcén se ha dispuesto para satisfacer la solicitud de un Parlamentario de habilitar un carril-bici, aspecto que se omite en la Orden Foral de aprobación técnica del proyecto.

    Contestación:

  11. En el Levantamiento de Acta Previa a la ocupación, se procederá a la descripción pormenorizada de los elementos afectados por las obras, los cuales serán valorados en su momento.

  12. La anchura del arcén proyectado permitirá la circulación por el mismo de vehículos con velocidad reducida (vehículos agrícolas, motocicletas, bicicletas, ...), funcionando éste como vía de servicio.

    _Alegación número 4: Don Emiliano Fernández Díaz. (PE-17).

  13. Indica que en la actualidad el acceso a su finca se realiza desde la calzada principal y que, con las obras proyectadas, deberá realizarse a través de un camino lateral, aspecto que obligaría a modificar las características interiores de la finca para acceder a la vivienda, afectando principalmente al arbolado singular existente.

    Solicita que se mantenga el acceso a su finca desde la calzada principal, con los retranqueos legales y suficientes en su propiedad.

  14. Solicita que no se derribe la caseta-almacén existente próxima al cerramiento y que, en el caso de que sea necesario tanto su derribo como el derribo o modificación de cualquier otro elemento de su propiedad, todos se repongan con las mismas características y calidades que presentan en la actualidad.

  15. Solicita que durante el periodo de ejecución de las obras se mantenga el...

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