ORDEN FORAL 174/1997, de 3 de noviembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 190 de declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre los rendimientos del trabajo, de actividades profesionales, de actividades agrícolas y ganaderas y sobre premios.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
ORDEN FORAL 174/1997, de 3 de noviembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 190 de declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre los rendimientos del trabajo, de actividades profesionales, de actividades agrícolas y ganaderas y sobre premios.Boletín Oficial de Navarra Número 2 - Fecha 05/01/1998
Mediante Orden Foral 1260/1995, de 22 de diciembre, del Consejero de Economía y Hacienda, se aprobó, entre otros, el modelo 190 de declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre los rendimientos del trabajo, de actividades profesionales, de actividades agrícolas y ganaderas y premios.
El transcurso del tiempo, la experiencia de vigencia del formato aprobado entonces, y la mejora en el tratamiento de la información contenida en las declaraciones presentadas aconsejan, en este momento, proceder a la aprobación de unas nuevas normas reguladoras de la presentación de dicho modelo, que no alteran significativamente las hasta ahora vigentes.
En consecuencia,
ORDENO:
Primero.-Aprobación del modelo 190.
Aprobar el modelo 190 de declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre los rendimientos del trabajo, de actividades profesionales, de actividades agrícolas y ganaderas y sobre premios, que deben utilizar las personas físicas, jurídicas y demás entidades que, estando obligadas a retener o a ingresar a cuenta, satisfagan alguna de las citadas rentas. Dicho modelo que figura en el Anexo I de la presente Orden Foral, se compone de los siguientes documentos:
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Impreso de portada, que comprende dos ejemplares, uno para la Administración y otro para el interesado.
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Hojas interiores de relación de perceptores, cada una de las cuales consta, asimismo, de dos ejemplares, uno para la Administración y otro para el interesado.
Segundo.-Aprobación del soporte legible directamente por ordenador del modelo 190.
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Se aprueban los diseños físicos y lógicos que figuran en el anexo II de esta Orden Foral, a los que deberán ajustarse los soportes directamente legibles por ordenador para su presentación en sustitución de las hojas interiores de la relación de perceptores correspondiente al modelo 190.
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Deberán presentarse en soporte directamente legible por ordenador aquellas declaraciones anuales que contengan más de 75 perceptores. En los demás casos la presentación en...
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