DECRETO FORAL 179/2002, de 5 de agosto, por el que se modifican los artículos 1 y 2 del Decreto Foral 113/1997, de 28 de abril, por el que se regula la reducción de jornada de los empleados al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

La actual regulación de la reducción de jornada de los empleados al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos se aprobó por Decreto Foral 113/1997, de 28 de abril.

En el Acuerdo suscrito con fecha 15 de abril de 2002 entre la Administración y los sindicatos CCOO, UGT Y CEMSATSE (este último referido únicamente al personal laboral) sobre condiciones de empleo del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra para los años 2002 y 2003, se recoge, entre las medidas de apoyo a la conciliación de la vida familiar y laboral, el incremento de doce a dieciséis años de la edad máxima del hijo que posibilita la concesión de una reducción de jornada.

Asimismo, la Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras, extiende, con ciertas condiciones, el derecho a obtener una reducción de jornada a quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar. Similar régimen se establecía ya en el artículo 2 del Decreto Foral 113/1997, de 28 de abril, de acuerdo con la redacción efectuada por el Decreto Foral 30/1998, de 9 de febrero, condicionándose su concesión a las necesidades del servicio.

El contenido del referido Acuerdo y la conveniencia de ampliar las medidas de apoyo a la conciliación de la vida familiar y laboral, motivan las presentes modificaciones del Decreto Foral por el que se regula la reducción de jornada de los empleados al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Por último, para facilitar la aplicación de los artículos modificados por el presente Decreto Foral, se incluye el contenido completo de los mismos, con independencia de que alguno de sus apartados mantenga su redacción original.

El Consejo de Navarra, en su sesión del día 23 de julio de 2002, ha emitido informe favorable respecto al presente Decreto Foral, al considerar que su contenido se ajusta al ordenamiento jurídico.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia Justicia e...

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