ORDEN FORAL 29/2004, de 1 de abril, del Consejero de Industria yTecnología, Comercio y Trabajo por la que se aprueban las tarifas aaplicar por los Organismos de Control que colaboran con elDepartamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo en latramitación administrativa de puesta en servicio de instalacionesreglamentadas.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 29/2004, de 1 de abril, del Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo por la que se aprueban las tarifas a aplicar por los Organismos de Control que colaboran con el Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo en la tramitación administrativa de puesta en servicio de instalaciones reglamentadas.

El Decreto Foral 326/1998, de 9 de noviembre, por el que se regulan las actuaciones en materia de seguridad industrial y control reglamentario en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, establece en su artículo 33 que las tarifas a percibir de los titulares de las instalaciones por parte de los Organismos de Control por su intervención en la tramitación administrativa de expedientes de puesta en servicio de las instalaciones serán las fijadas por el Departamento de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo y que corresponderá igualmente a dichos Organismos el cobro de la tasa que los titulares de dichas instalaciones deban satisfacer al Gobiernode Navarra, cuyo producto será ingresado en la cuenta del mismo que les sea señalada. Asimismo establece, en su artículo 26, que los impresos, formularios y demás material gráfico a utilizar en dichos procedimientos se ajustarán a los modelos que alefecto tenga establecidos el citado Departamento y que los Organismos de Control podrán repercutir en sus clientes el coste estricto de la elaboración y distribución de ese material.

Mediante la Orden Foral 67/2001, de 24 de mayo, de la Consejera de Industria y Tecnología, Comercio, Turismo y Trabajo se fijaron las tarifas que debían aplicar los Organismos de Control. Asimismo, por Orden Foral 181/2003, de 21 de agosto, del Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo se modificaronlas tarifas las tarifas establecidas para la tramitación de las instalaciones eléctricas de baja tensión. La experiencia derivada de la gestión administrativa de puesta en servicio de las instalaciones así como la ampliación de las instalaciones gestionadas ante los Organismos de Control hace necesario fijar...

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