ORDEN FORAL 44/2010, de 8 de marzo, del Consejero de Educación, por la que se modifica la Orden Foral 79/2007, de 29 de junio, en lo referente a la estructura y horario de las enseñanzas profesionales de música en las especialidades de Acordeón, Canto, Clave, Flauta de pico, Guitarra, Órgano y Piano.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Orden Foral 79/2007, de 29 de junio del Consejero de Educación estableció y reguló la estructura y horario de las enseñanzas profesionales de música establecidas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

La aplicación del currículo actual en lo referente a la asignatura de Música de cámara del curso 3.º en las especialidades instrumentales no orquestales de Acordeón, Canto, Clave, Flauta de pico, Guitarra, Órgano y Piano ocasiona algunas dificultades de tipo organizativo, dado que el alumnado de estas especialidades no dispone de la posibilidad de agruparse con instrumentos de las especialidades orquestales.

La asignatura de Conjunto se presenta como la mejor alternativa para resolver la situación descrita, ya que permite agrupaciones más flexibles y un repertorio más adecuado en este nivel.

Por consiguiente, parece conveniente modificar la estructura y horario de las enseñanzas profesionales de música en las especialidades citadas sustituyendo la asignatura de Música de cámara del curso de 3.º por la de Conjunto, todo ello respetando lo dispuesto en el Decreto Foral 21/2007, de 19 de marzo, por el que se establece el currículo de las enseñanzas profesionales de música en la Comunidad Foral de Navarra.

Visto el informe favorable de la Sección de Enseñanzas Artísticas perteneciente a la Dirección General de Formación Profesional y Universidades para modificar la organización de asignaturas en el plan de estudios en las especialidades de Acordeón, Canto, Clave, Flauta de pico, Guitarra, Órgano y Piano de las enseñanzas profesionales de Música.

En su virtud, y en aplicación del 41.1 g) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. Objeto y ámbito de aplicación.

Modificar la Orden Foral 79/2007, de 29 de junio, en lo referente a la estructura y horario de las enseñanzas profesionales de música en las especialidades de Acordeón, Canto, Clave, Flauta de pico, Guitarra, Órgano y Piano, según la distribución de asignaturas y tiempos lectivos que se incluye en el Anexo de la presente Orden Foral.

DISPOSICIONES FINALES
Disposición Final Primera.- Entrada en vigor.

La presente Orden Foral entrará en vigor al inicio del curso escolar 2010-2011.

Disposición Final Segunda.- Publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Publicar la presente Orden Foral y su Anexo en el Boletín Oficial de Navarra.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Disposición Derogatoria Única.- Normativa derogada.

Queda derogado todo lo que en la Orden Foral 79/2007, de 29 de junio, haga mención a las especialidades de Acordeón, Canto, Clave, Flauta de pico, Guitarra, Órgano y Piano, de las enseñanzas profesionales de música.

Pamplona, 8 de marzo de 2010.-El Consejero de Educación, Alberto Catalán Higueras.

ANEXO

Horario escolar de las especialidades de Acordeón, Canto, Clave, Flauta de pico, Guitarra, Órgano y Piano, de las enseñanzas profesionales de música

  1. Acordeón:

    ASIGNATURAS

    Horas...

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