ORDEN FORAL 417/2002, de 7 de agosto, del Consejero de Administración Local, por la que se dispone dar audiencia a los Ayuntamientos de Cendea de Olza y Orcoyen, así como al Concejo de Arazuri, en el expediente de alteración de los términos municipales de Cendea de Olza y Orcoyen debido a la incidencia del polígono industrial Arazuri-Orcoyen, al objeto de que las parcelas industriales resultantes queden ubicadas en su integridad en un mismo término municipal.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Por Orden Foral 109/2001, de 30 de mayo, se inició el expediente de alteración de los términos municipales de Cendea de Olza y Orcoyen, al objeto de que las parcelas industriales resultantes queden ubicadas en su integridad en un mismo término municipal.

El artículo 17 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, regula el procedimiento a seguir en los procesos de alteración de términos municipales estableciendo en su apartado 2, párrafos a) y b) la necesidad de someter el expediente a información pública por plazo no inferior a dos meses dando audiencia asimismo por igual periodo a los Ayuntamientos y, en su caso, a los concejos afectados por el proceso.

De conformidad con el artículo 14.1 del Reglamento de Población y Demarcación, aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, consta en el expediente la planimetría del territorio que es objeto de alteración con la señalización de los nuevos límites, debidos a la incidencia del polígono industrial Arazuri-Orcoyen, a fin de que las parcelas industriales resultantes queden ubicadas en su integridad en un mismo término municipal; los fundamentos que justifican la alteración que se propone, se resumen en la conveniencia administrativa de la alteración propuesta, por cuanto con la misma se persigue adaptar los términos municipales a la realidad urbanística, mejorando la prestación del servicio e incrementando la capacidad de gestión respectiva, conforme a lo establecido en el artículo 13, letras a, b y c, de la Ley Foral de Administración Local, así como el resto de la documentación exigida en el mismo.

En su virtud, y de conformidad con lo anteriormente expuesto,

ORDENO:

  1. Dar audiencia a los Ayuntamientos de Cendea de Olza y Orcoyen, así como al Concejo de Arazuri, en el expediente de alteración de los términos municipales de Cendea de Olza y Orcoyen debido a la incidencia del polígono industrial Arazuri-Orcoyen, al objeto...

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