ORDEN FORAL 83/1996, de 3 de junio, del Consejero de Administración Local, por la que se aprueba la normativa para la concesión de ayudas para la adopción de medidas que mejoren la calidad de vertidos.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 83/1996, de 3 de junio, del Consejero de Administración Local, por la que se aprueba la normativa para la concesión de ayudas para la adopción de medidas que mejoren la calidad de vertidos.Boletín Oficial de Navarra Número 72 - Fecha 14/06/1996

El artículo 13 del Decreto Foral 82/1990, de 5 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Foral 10/1988, de 29 de diciembre, de saneamiento de las aguas residuales de Navarra establece que las Entidades privadas que proyecten adoptar medidas para la disminución de la carga contaminante de sus vertidos podrán solicitar ayudas para la realización de inversiones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Foral de Saneamiento de Aguas Residuales de Navarra, y de conformidad con la normativa reglamentaria que se apruebe al efecto por el Departamento de Administración Local.

En cumplimiento de lo anterior,

ORDENO:

  1. Aprobar la normativa para la concesión de ayudas para la adopción de medidas que mejoran la calidad de los vertidos con arreglo a las siguientes condiciones:

    1. -Solicitantes.

      Podrán ser solicitantes todos aquellos usuarios de agua bien a través de entidades distribuidoras o bien por suministros propios, que están sujetos al pago del canon de saneamiento por los vertidos producidos.

    2. -Objeto de las ayudas.

      Serán subvencionables los estudios de investigación y las inversiones destinadas a la reducción de la carga contaminante vertida.

    3. -Conceptos subvencionables.

      La convocatoria incluye las inversiones dirigidas directamente a evitar o reducir la contaminación. En los casos en que, además se provoque un incremento de la rentabilidad del proceso por mejora de la productividad o por recuperación de productos, la subvención se aplicará a la inversión no autofinanciada por las mejoras productivas introducidas.

      En las propuestas elaboradas se podrán incluir los honorarios facultativos por redacción de proyecto y dirección de obra.

    4. -Financiación.

      La consignación económica para las mencionadas ayudas será habilitada por Navarra de Infraestructuras Locales, S.A. con cargo a los recursos del Plan Director de Saneamiento de las aguas residuales de Navarra y tendrá el límite máximo establecido en cada programa anual.

    5. -Régimen de ayudas.

      Los Estudios podrán alcanzar hasta el 50% del coste del estudio y podrán acometerse conjuntamente por un sector de actividad, presentando la solicitud el correspondiente...

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