DECRETO FORAL 226/1997, de 1 de septiembre, por el que se adscribe al Departamento de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad Foral de Navarra y se crea la Sección de Arbitraje de Consumo.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 226/1997, de 1 de septiembre, por el que se adscribe al Departamento de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad Foral de Navarra y se crea la Sección de Arbitraje de Consumo.Boletín Oficial de Navarra Número 110 - Fecha 12/09/1997

El Real Decreto 636/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el sistema arbitral de consumo, establece en su artículo 3.2 que las Juntas Arbitrales de Consumo de ámbito autonómico se establecerán por la Administración General del Estado mediante acuerdos suscritos, a través del Instituto Nacional de Consumo, con las correspondientes Administraciones Públicas. A estos efectos, mediante Acuerdo suscrito con fecha 17 de junio de 1993, entre el Departamento de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo y el Instituto Nacional de Consumo, se constituyó la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad Foral de Navarra.

Por Decreto Foral 369/1993, de 30 de noviembre, se adscribió al Departamento de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad Foral, y se encomendaron las funciones de la Presidencia y Secretaría de la misma a sendos funcionarios del Departamento, a la vez que se fijaron unos complementos de puesto de trabajo para las personas que desempeñen estas funciones.

En el momento actual se hace preciso regular no sólo la adscripción de la Junta Arbitral de Consumo al Departamento de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo, sino también la organización administrativa que ha de servir de soporte a la misma. Para ello se crea la Sección de Arbitraje de Consumo como órgano de apoyo a la Junta Arbitral de Consumo...

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