DECRETO FORAL 8/2009, de 19 de enero, por el que se aprueba la actuación en Infraestructuras Agrícolas mediante la concentración parcelaria de la zona de Mendavia IV.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

Por Orden Foral 37/2005, de 28 de febrero, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, se inicia la actuación en Infraestructuras agrícolas de la zona de Mendavia IV.

El objetivo de la actuación en infraestructuras agrícolas es ordenar la propiedad rústica con el fin de dotar a las explotaciones de una estructura y tamaño adecuados mediante la concentración parcelaria.

Por Resolución 1473/2007 de 5 de julio, del Director General de Medio Ambiente, se formuló la Declaración de Impacto Ambiental sobre la Concentración Parcelaria de de la zona de Mendavia IV.

El artículo 12 de la Ley Foral 1/2002, de 7 de marzo, de Infraestructuras Agrícolas, establece que la aprobación de una actuación en infraestructuras agrícolas corresponde al Gobierno de Navarra mediante Decreto Foral, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

En consecuencia, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día diecinueve de enero de dos mil nueve,

DECRETO:

  1. Aprobación.

    Se aprueba la actuación en infraestructuras agrícolas, a realizar mediante la concentración parcelaria de la zona de Mendavia IV.

  2. Procedimiento a emplear.

    Se considera conveniente emplear el procedimiento normal recogido en el Título I Capítulo IV de la Ley Foral 1/2002, de 7 de marzo, de Infraestructuras Agrícolas.

  3. Declaración de utilidad y urgente ejecución.

    Se declara de utilidad pública y urgente ejecución la actuación en infraestructuras agrícolas, a realizar mediante la concentración parcelaria en la zona de Mendavia IV a los fines expropiatorios de bienes y derechos, de ocupación temporal y permanente y creación de servidumbres permanentes o temporales que procedan.

  4. Descripción del Proyecto.

    En el Proyecto Básico se contempla la construcción de 86,2 km de caminos, de los que 75,8 km son caminos de nueva construcción y 10,4 km caminos a mantener. La anchura de rodadura de los caminos principales es de 5 y 6 m, mientras que para los secundarios esta anchura será de 4 m.

    El trazado de los caminos discurrirá, siempre que sea posible, por los caminos de traza antigua y se han diseñado teniendo en cuenta la previsible distribución de las fincas resultantes de la Concentración Parcelaria, la red viaria existente en la zona, la topografía del terreno y las comunicaciones con las zonas colindantes.

    Los drenajes se...

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