DECRETO FORAL 85/2006, de 11 de diciembre, por el que se aprueba la actuación en infraestructuras Agrícolas mediante la concentración parcelaria y la transformación en regadío del Sector V del área regable del Canal de Navarra, en los municipios de Tafalla y Olite, y se declara su utilidad pública y urgente ejecución.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 85/2006, de 11 de diciembre, por el que se aprueba la actuación en infraestructuras Agrícolas mediante la concentración parcelaria y la transformación en regadío del Sector V del área regable del Canal de Navarra, en los municipios de Tafalla y Olite, y se declara su utilidad pública y urgente ejecución.

La Ley Foral 7/1999, de 16 de marzo, de actuaciones y obras en regadíos integrados en el Plan de Regadíos de la Comunidad Foral de Navarra, declara de utilidad pública e interés general la actuación en infraestructuras agrícolas en las áreas dominadas por el Canal de Navarra, que ascienden a 53.125 hectáreas netas.

El Decreto Foral 212/2002, de 7 de octubre, por el que se aprueban variaciones en la relación de actuaciones del Plan de Regadíos de la Comunidad Foral de Navarra, que actualiza el Anexo de la Ley Foral 7/1999, establece para el horizonte 2008 la ejecución de 5.707 hectáreas, y del 2009 al 2018 la actuación en 51.976 hectáreas de superficie correspondiente al resto de los sectores de la zona regable del Canal de Navarra.

Para el cumplimiento de ese objetivo definido en el Plan de Regadíos de la Comunidad Foral de Navarra, el Gobierno de Navarra aprobó la actuación en Infraestructuras Agrícolas de los Sectores I, II-1, II-2, III, IV-1, IV-2, IV-3, IV-4 y IV-5 del área regable del Canal de Navarra mediante sendos Decretos Forales. Dado que, previsiblemente, en el año 2010 estará operativa la toma 5 del Tramo 7-b del Canal de Navarra que abastecerá al Sector V, procede aprobar con antelación suficiente la actuación en infraestructuras agrícolas mediante la concentración parcelaria y la transformación en regadío, con el fin de dar continuidad a la construcción de la zona regable.

El artículo 12 de la Ley Foral 1/2002, de 7 de marzo, de Infraestructuras Agrícolas, establece que la aprobación de una actuación en infraestructuras agrícolas corresponde al Gobierno de Navarra mediante Decreto Foral, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

En consecuencia, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión del día once de diciembre de 2006,

DECRETO:

  1. Aprobación.

    Se aprueba la actuación en infraestructuras agrícolas, a realizar mediante la concentración parcelaria y la transformación en regadío, del Sector V del área regable del Canal de Navarra, en parte de los términos municipales de Tafalla y Olite.

  2. Declaración de utilidad y urgente ejecución.

    Se declara de...

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