ORDEN FORAL 3/2006, de 3 de enero, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal del Valle de Allín, en las parcelas 30, 31 y 32 de Artavia, promovido por los hermanos Ganuza Murugarren.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 3/2006, de 3 de enero, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal del Valle de Allín, en las parcelas 30, 31 y 32 de Artavia, promovido por los hermanos Ganuza Murugarren.

El Ayuntamiento del Valle de Allín ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe favorable del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva, con la determinación señalada en la parte dispositiva de esta Orden Foral.

En uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 42/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda,

ORDENO:

  1. Aprobar definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal del Valle de Allín, en las parcelas 30, 31 y 32 de Artavia, promovido por los hermanos Ganuza Murugarren, con la siguiente determinación:

    _Si la modificación implica que las viviendas que van a hacerse en edificio de vivienda colectiva procede eximir de la obligación de realizar la vivienda de protección oficial porque tal clase de viviendas deben hacerse en edificios independientes, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13 el Decreto Foral 276/2001, de 1 de octubre. Si la modificación implica que se van a realizar viviendas unifamiliares, a la vista del expediente procede que una de ellas lo sea de protección oficial.

  2. Señalar que contra esta Orden Foral, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes. Y...

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