RESOLUCIÓN 1/2011, de 11 de enero, del Director del Servicio de Calidad Ambiental, por la que se concede Autorización de Afecciones Ambientales para la Instalación de una estación base de telefonía móvil en Améscoa, en la parcela 7A del polígono 3 de Monte Común de las Améscoas, dentro del cerramiento existente propiedad de otra compañía de telecomunicaciones, promovida por Vodafone España, S.A.U.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

Con fecha 29 de septiembre de 2010 ha tenido entrada en el Servicio de Calidad Ambiental la solicitud de Autorización de Afecciones Ambientales de la propuesta arriba citada. El proyecto se incluye en el Anexo 2C, apartado M del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, por lo que se somete al régimen de Autorización de Afecciones Ambientales.

Este Decreto Foral establece en el artículo 36 que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda resolverá motivadamente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales en el plazo de cuatro meses desde la presentación de la solicitud.

El artículo 31.2 de dicho Decreto Foral, establece que la Autorización de Afecciones Ambientales integrará la correspondiente de actividades autorizables en suelo no urbanizable, teniendo los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo. A estos efectos el Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, con fecha 22 de diciembre de 2010, informa favorablemente el proyecto en lo referente a suelo No Urbanizable.

La instalación objeto de este proyecto está formada por dos antenas direccionales colocadas en una torre de celosía de 34 metros de altura ya existente, así como los equipos necesarios, dentro del cerramiento propiedad de la otra compañía de telecomunicaciones. La torre se sitúa en coordenadas UTM ED 1950 Z30N X:569152, y:4736199, la parcela 7A del polígono 3 del Monte Común de las Améscoas, en el límite Sureste de la parcela, lindando con el término municipal de Améscoa Baja.

La solicitud ha sido remitida al Ayuntamiento de Améscoa Baja, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto Foral 93/2006. Se recibe respuesta con fecha 26 de noviembre en la que se señala la compatibilidad urbanística de la actuación siempre que sea solicitada autorización de la Junta de Limitaciones de las Améscoas, titular del terreno.

Vistos los informes obrantes en el expediente y en virtud de las competencias que me han sido delegadas por Orden Foral 426/2007, de 10 de octubre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

  1. Conceder con condiciones Autorización de Afecciones Ambientales a la instalación de una estación base de telefonía móvil en Améscoa, parcela 7A del...

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