ORDEN FORAL 156/2002, de 15 de octubre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se amplía, en una más, las becas de prácticas profesionales para licenciados universitarios existentes en el Archivo Administrativo de Navarra, y se procede a la convocatoria de tres becas.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Mediante Orden Foral 21/2001, de 7 de febrero, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, se crearon dos becas de prácticas profesionales para licenciados universitarios en el Archivo Administrativo de Navarra.

Vista la propuesta del Servicio de Régimen Interior, en atención a los resultados altamente positivos obtenidos, y habida cuenta que el Archivo Administrativo, por su propia dinámica, está en condiciones, no sólo de asumir la continuidad de las dos becas ya existentes, sino de ampliar su labor formativa, resulta oportuna su ampliación en una más, lo que contribuirá eficazmente a la formación de jóvenes titulados que de este modo tendrán la oportunidad de adquirir una valiosa experiencia profesional, pudiendo verse beneficiado el propio Archivo Administrativo con esta labor de formación en los temas concretos que se les encomienda,

En virtud de lo dispuesto en el artículo 41-5.b) de la Ley Foral 8/1988, de 26 de diciembre, reguladora de la Hacienda Pública de Navarra,

ORDENO:

  1. Crear una beca más de prácticas profesionales para licenciados universitarios a disfrutar en el Archivo Administrativo de Navarra, dependiente del Servicio de Régimen Interior del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, para realizar prácticas en materias relacionadas con los archivos administrativos, técnicas de organización documental y documentalismo, recepción y transferencias de fondos documentales, servicio de consultas y atención a consultores, y demás tareas complementarias.

  2. En consonancia con lo expuesto, convocar tres becas de prácticas profesionales para licenciados universitarios en el Archivo Administrativo de Navarra.

  3. El Archivo Administrativo de Navarra pondrá a disposición de los becarios la documentación y otros medios materiales que se consideren de interés para el buen desarrollo de las prácticas.

  4. Los estudios y trabajos que se desarrollen durante el período de prácticas serán dirigidos y supervisados por el personal y responsable del Archivo Administrativo, que asimismo encomendarán las tareas concretas, fijarán los horarios y vigilarán el cumplimiento de las obligaciones por parte de los becarios, quienes estarán además afectados por el deber de sigilo profesional.

  5. Los aspirantes deberán estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto con antigüedad no superior a tres años, residir en Navarra en el momento de la convocatoria y ser menores de 28 años. No podrán optar quienes hayan sido...

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